Un trabajador con más de treinta años de antigüedad perdió su puesto después de convertir un cuarto de su centro de trabajo en un lugar de uso privado. Durante varios meses, entró allí al menos tres veces para orinar, aunque tenía baños a su disposición, y dejó el suelo con restos y un olor que sus compañeros detectaron al acceder al espacio.
El lugar no era un rincón abandonado. Allí se guardaban materiales y había una nevera con agua y, en ocasiones, comida para los empleados del turno. El trabajador, además, era jefe de equipo y tenía responsabilidad sobre dos de las personas que utilizaban ese cuarto, un detalle que pesó en la valoración de lo ocurrido. Agua y comida quedaban en el mismo espacio al que debían entrar durante la jornada.
La conducta terminó en un despido comunicado el 1 de diciembre de 2021, después de que la empresa investigara lo sucedido y escuchara la versión del empleado. Él negó los hechos y sostuvo después que la medida podía estar relacionada con su participación en el comité de empresa y en dos conflictos colectivos, pero esa explicación tampoco convenció a los tribunales.
El cuarto que desató el conflicto
Los hechos se situaron entre junio y octubre de 2021. Dos compañeros percibieron olor a orina y encontraron restos en el suelo del cuarto, al que entraban para recoger materiales y coger agua durante la jornada. Avisaron a un superior y la dirección comprobó lo ocurrido, con fotografías y testimonios incorporados al procedimiento. La reiteración fue uno de los elementos decisivos: según la resolución, no se trataba de un episodio aislado, sino de una conducta repetida.
El trabajador era jefe de equipo y los dos empleados que utilizaban aquel espacio estaban bajo su supervisión. El tribunal consideró que esa relación agravaba el impacto de lo sucedido, porque quienes habían advertido el olor debían seguir entrando al cuarto para acceder a sus pertenencias de uso común. La discusión sobre el entorno de trabajo también aparece en otro procedimiento reciente, centrado en un accidente laboral, donde se analiza cómo las condiciones concretas pueden afectar a la responsabilidad de cada parte. El conflicto había dejado de ser un asunto privado dentro de la plantilla.
La defensa que no prosperó
La Sentencia número 107/2023, dictada el 17 de enero de 2023 y rescatada recientemente por el popular abogado laboralista Nicolás Martín a través de su cuenta de X, explica que el empleado recurrió la primera decisión y pidió que se revisara su cese. Alegó que había trabajado desde 1990, que apenas había recibido una sanción anterior y que su presencia en el comité de empresa podía explicar la medida.
También sostuvo que la empresa conocía problemas de almacenamiento en el cuarto, una cuestión que, a su juicio, debía impedir que se utilizara ese hecho para justificar la máxima sanción. Su versión intentaba separar la conducta de sus consecuencias, pero no consiguió cambiar el relato que ya habían dado por probado los jueces. El desenlace fue distinto en otro litigio laboral reciente: la Justicia anuló el cese de una camarera al no considerar probados los hechos que se le atribuían, como muestra otro caso sobre el despido de una camarera.
El tribunal valenciano rechazó esa explicación. Dio por acreditado que había orinado allí varias veces, que tenía aseos disponibles y que no había demostrado una urgencia o impedimento. También descartó que las dos reclamaciones colectivas impulsadas por el comité fueran indicios suficientes de una represalia personal, porque no constaba que el trabajador hubiera tenido un protagonismo singular en ellas. La Sala de lo Social confirmó la decisión del Juzgado de lo Social número 2 de Castellón y dejó firme el despido.
El empleado llevaba más de tres décadas en la plantilla y alegó que el cese podía ser una represalia por su actividad en el comité, pero los magistrados rechazaron ese argumento
Un trabajador con más de treinta años de antigüedad perdió su puesto después de convertir un cuarto de su centro de trabajo en un lugar de uso privado. Durante varios meses, entró allí al menos tres veces para orinar, aunque tenía baños a su disposición, y dejó el suelo con restos y un olor que sus compañeros detectaron al acceder al espacio.
El lugar no era un rincón abandonado. Allí se guardaban materiales y había una nevera con agua y, en ocasiones, comida para los empleados del turno. El trabajador, además, era jefe de equipo y tenía responsabilidad sobre dos de las personas que utilizaban ese cuarto, un detalle que pesó en la valoración de lo ocurrido. Agua y comida quedaban en el mismo espacio al que debían entrar durante la jornada.
La conducta terminó en un despido comunicado el 1 de diciembre de 2021, después de que la empresa investigara lo sucedido y escuchara la versión del empleado. Él negó los hechos y sostuvo después que la medida podía estar relacionada con su participación en el comité de empresa y en dos conflictos colectivos, pero esa explicación tampoco convenció a los tribunales.
El cuarto que desató el conflicto
Los hechos se situaron entre junio y octubre de 2021. Dos compañeros percibieron olor a orina y encontraron restos en el suelo del cuarto, al que entraban para recoger materiales y coger agua durante la jornada. Avisaron a un superior y la dirección comprobó lo ocurrido, con fotografías y testimonios incorporados al procedimiento. La reiteración fue uno de los elementos decisivos: según la resolución, no se trataba de un episodio aislado, sino de una conducta repetida.
El trabajador era jefe de equipo y los dos empleados que utilizaban aquel espacio estaban bajo su supervisión. El tribunal consideró que esa relación agravaba el impacto de lo sucedido, porque quienes habían advertido el olor debían seguir entrando al cuarto para acceder a sus pertenencias de uso común. La discusión sobre el entorno de trabajo también aparece en otro procedimiento reciente, centrado en un accidente laboral, donde se analiza cómo las condiciones concretas pueden afectar a la responsabilidad de cada parte. El conflicto había dejado de ser un asunto privado dentro de la plantilla.
La defensa que no prosperó
La Sentencia número 107/2023, dictada el 17 de enero de 2023 y rescatada recientemente por el popular abogado laboralista Nicolás Martín a través de su cuenta de X, explica que el empleado recurrió la primera decisión y pidió que se revisara su cese. Alegó que había trabajado desde 1990, que apenas había recibido una sanción anterior y que su presencia en el comité de empresa podía explicar la medida.
También sostuvo que la empresa conocía problemas de almacenamiento en el cuarto, una cuestión que, a su juicio, debía impedir que se utilizara ese hecho para justificar la máxima sanción. Su versión intentaba separar la conducta de sus consecuencias, pero no consiguió cambiar el relato que ya habían dado por probado los jueces. El desenlace fue distinto en otro litigio laboral reciente: la Justicia anuló el cese de una camarera al no considerar probados los hechos que se le atribuían, como muestra otro caso sobre el despido de una camarera.
El tribunal valenciano rechazó esa explicación. Dio por acreditado que había orinado allí varias veces, que tenía aseos disponibles y que no había demostrado una urgencia o impedimento. También descartó que las dos reclamaciones colectivas impulsadas por el comité fueran indicios suficientes de una represalia personal, porque no constaba que el trabajador hubiera tenido un protagonismo singular en ellas. La Sala de lo Social confirmó la decisión del Juzgado de lo Social número 2 de Castellón y dejó firme el despido.
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