La llegada del verano, que comenzó oficialmente el pasado 21 de junio, marca para millones de trabajadores españoles el inicio de uno de los periodos más esperados del año. Las vacaciones estivales vuelven a consolidarse como una prioridad para la gran mayoría de la población, tal y como refleja el IV Estudio Hábitos de consumo de los españoles sobre las vacaciones de verano elaborado por Oney. Según este informe, casi el 95% de los encuestados tiene previsto disfrutar de algún periodo vacacional durante los próximos meses, una cifra que confirma la importancia que siguen teniendo los días de descanso dentro de la planificación anual de los hogares.
El estudio también revela que los españoles destinarán este año un presupuesto medio de 1.389 euros a sus vacaciones, lo que supone un incremento del 3,6% respecto a 2025. Además, la duración media de las escapadas estivales aumentará hasta los 11 días, dos más que el año anterior. Entre las opciones más habituales destacan los viajes de entre 4 y 7 días, elegidos por el 33,4% de los participantes, seguidos de las vacaciones de entre 11 y 15 días, que representan el 20,5% de las preferencias.
Este incremento de los desplazamientos y de los periodos de descanso tiene también una importante repercusión en el ámbito laboral. Durante los meses de verano se multiplican las solicitudes de vacaciones y las dudas sobre los derechos de los trabajadores en relación con su disfrute. En España, la norma encargada de regular esta materia es el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, que establece las bases generales sobre el derecho a las vacaciones anuales retribuidas y las condiciones para su disfrute.
Un abogado explica los cuatro derechos de tus vacaciones
Sobre esta cuestión se ha pronunciado recientemente Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido por sus contenidos divulgativos en redes sociales. En uno de sus últimos vídeos advierte de que muchos trabajadores desconocen aspectos esenciales de esta materia. «Estos son cuatro cosas imprescindibles que debes saber y conocer sobre tus vacaciones que seguro que alguno de estos derechos no lo conocías«, explica el experto. El primero de ellos tiene que ver con la duración mínima de las vacaciones. Como recuerda, ningún trabajador puede disfrutar de menos de 30 días naturales al año, ya que se trata de un mínimo legal fijado por el Estatuto de los Trabajadores.
Además, ningún convenio colectivo puede establecer condiciones menos favorables. Este derecho también se aplica a quienes trabajan a tiempo parcial o a media jornada, que cuentan con el mismo número de días de vacaciones que el resto de la plantilla. El abogado también recuerda la diferencia entre vacaciones computadas por días naturales y por días laborables. En el primer caso se incluyen sábados, domingos, festivos y jornadas no trabajadas, mientras que en el segundo únicamente se descuentan los días en los que existe obligación de prestar servicios.
¿Cómo elegir tus vacaciones de manera correcta?
Otro de los aspectos que genera más conflictos es la fijación de las fechas de disfrute. Según explica De la Calzada, las empresas pueden determinar determinados periodos vacacionales por razones organizativas o productivas, pero siempre deben respetar una condición fundamental. El trabajador tiene que conocer las fechas con una antelación mínima de dos meses antes de su inicio. Comunicar unas vacaciones con un plazo inferior sería contrario a la normativa.
Del mismo modo, el experto recuerda que los empleados también deben tener en cuenta este margen temporal a la hora de solicitarlas para evitar problemas de planificación. Asimismo, subraya que una baja médica, incluso cuando se prolonga durante meses, no implica la pérdida del derecho a vacaciones. Una vez obtenida el alta, el trabajador puede disfrutarlas y, si la relación laboral finaliza por circunstancias como una incapacidad permanente, también tendrá derecho a percibir económicamente los días pendientes.
El resto de derechos que debe respetar tu empresa
El cuarto concepto destacado por el abogado es el derecho a la desconexión digital, una cuestión cada vez más relevante en un contexto de hiperconectividad. Durante las vacaciones no existe ninguna obligación legal de atender llamadas, responder correos electrónicos, utilizar el teléfono corporativo o mantener disponibilidad para la empresa. Este derecho está reconocido en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 88 de la Ley de Protección de Datos. Según explica De la Calzada, las empresas que vulneren esta garantía pueden enfrentarse a sanciones de hasta 7.500 euros, además de incurrir en incumplimientos relacionados con el derecho al descanso.
Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales, explica en profundidad todos los detalles del artículo 38
La llegada del verano, que comenzó oficialmente el pasado 21 de junio, marca para millones de trabajadores españoles el inicio de uno de los periodos más esperados del año. Las vacaciones estivales vuelven a consolidarse como una prioridad para la gran mayoría de la población, tal y como refleja el IV Estudio Hábitos de consumo de los españoles sobre las vacaciones de verano elaborado por Oney. Según este informe, casi el 95% de los encuestados tiene previsto disfrutar de algún periodo vacacional durante los próximos meses, una cifra que confirma la importancia que siguen teniendo los días de descanso dentro de la planificación anual de los hogares.
El estudio también revela que los españoles destinarán este año un presupuesto medio de 1.389 euros a sus vacaciones, lo que supone un incremento del 3,6% respecto a 2025. Además, la duración media de las escapadas estivales aumentará hasta los 11 días, dos más que el año anterior. Entre las opciones más habituales destacan los viajes de entre 4 y 7 días, elegidos por el 33,4% de los participantes, seguidos de las vacaciones de entre 11 y 15 días, que representan el 20,5% de las preferencias.
Este incremento de los desplazamientos y de los periodos de descanso tiene también una importante repercusión en el ámbito laboral. Durante los meses de verano se multiplican las solicitudes de vacaciones y las dudas sobre los derechos de los trabajadores en relación con su disfrute. En España, la norma encargada de regular esta materia es el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, que establece las bases generales sobre el derecho a las vacaciones anuales retribuidas y las condiciones para su disfrute.
Un abogado explica los cuatro derechos de tus vacaciones
Sobre esta cuestión se ha pronunciado recientemente Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido por sus contenidos divulgativos en redes sociales. En uno de sus últimos vídeos advierte de que muchos trabajadores desconocen aspectos esenciales de esta materia. «Estos son cuatro cosas imprescindibles que debes saber y conocer sobre tus vacaciones que seguro que alguno de estos derechos no lo conocías«, explica el experto. El primero de ellos tiene que ver con la duración mínima de las vacaciones. Como recuerda, ningún trabajador puede disfrutar de menos de 30 días naturales al año, ya que se trata de un mínimo legal fijado por el Estatuto de los Trabajadores.
Además, ningún convenio colectivo puede establecer condiciones menos favorables. Este derecho también se aplica a quienes trabajan a tiempo parcial o a media jornada, que cuentan con el mismo número de días de vacaciones que el resto de la plantilla. El abogado también recuerda la diferencia entre vacaciones computadas por días naturales y por días laborables. En el primer caso se incluyen sábados, domingos, festivos y jornadas no trabajadas, mientras que en el segundo únicamente se descuentan los días en los que existe obligación de prestar servicios.
¿Cómo elegir tus vacaciones de manera correcta?
Otro de los aspectos que genera más conflictos es la fijación de las fechas de disfrute. Según explica De la Calzada, las empresas pueden determinar determinados periodos vacacionales por razones organizativas o productivas, pero siempre deben respetar una condición fundamental. El trabajador tiene que conocer las fechas con una antelación mínima de dos meses antes de su inicio. Comunicar unas vacaciones con un plazo inferior sería contrario a la normativa.
Del mismo modo, el experto recuerda que los empleados también deben tener en cuenta este margen temporal a la hora de solicitarlas para evitar problemas de planificación. Asimismo, subraya que una baja médica, incluso cuando se prolonga durante meses, no implica la pérdida del derecho a vacaciones. Una vez obtenida el alta, el trabajador puede disfrutarlas y, si la relación laboral finaliza por circunstancias como una incapacidad permanente, también tendrá derecho a percibir económicamente los días pendientes.
El resto de derechos que debe respetar tu empresa
El cuarto concepto destacado por el abogado es el derecho a la desconexión digital, una cuestión cada vez más relevante en un contexto de hiperconectividad. Durante las vacaciones no existe ninguna obligación legal de atender llamadas, responder correos electrónicos, utilizar el teléfono corporativo o mantener disponibilidad para la empresa. Este derecho está reconocido en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 88 de la Ley de Protección de Datos. Según explica De la Calzada, las empresas que vulneren esta garantía pueden enfrentarse a sanciones de hasta 7.500 euros, además de incurrir en incumplimientos relacionados con el derecho al descanso.
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