Un abogado confirma que la depresión es la enfermedad que más veces da derecho a una incapacidad absoluta

En pleno 2026, la incapacidad permanente es una prestación de la Seguridad Social destinada a proteger a los trabajadores que, después del tratamiento médico correspondiente, presentan reducciones anatómicas o funcionales graves que previsiblemente son definitivas y que disminuyen o anulan su capacidad laboral. El procedimiento puede iniciarse de oficio o a petición del trabajador y termina con una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que determina si existe incapacidad y, en su caso, cuál es el grado reconocido. La normativa contempla cuatro grados, desde la incapacidad permanente parcial hasta la gran incapacidad, pasando por la total y la absoluta.

En el caso de la incapacidad permanente absoluta, la Seguridad Social establece que esta situación es la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. La prestación, cuando se cumplen los requisitos, alcanza el 100% de la base reguladora. El proceso de valoración tiene en cuenta las circunstancias médicas y laborales del solicitante, de modo que no basta con aportar un diagnóstico. De hecho, el expediente puede incluir informes médicos, antecedentes profesionales y las valoraciones necesarias para determinar hasta qué punto las limitaciones impiden desarrollar una actividad laboral. La Dirección Provincial del INSS dispone de un plazo máximo de 135 días para dictar resolución.

La dimensión de esta prestación ayuda a entender la importancia del debate. Las últimas estadísticas disponibles de la Seguridad Social sitúan en torno a 1,06 millones las pensiones de incapacidad permanente en vigor. En concreto, los registros oficiales contabilizaban 1.059.235 en junio de 2026, una cifra que permite hacerse una idea del volumen de personas que reciben esta protección en España. Entre los diagnósticos que pueden aparecer asociados a expedientes de incapacidad se encuentran trastornos de salud mental, enfermedades reumatológicas, neurológicas, problemas graves de columna o procesos oncológicos, pero ninguna de estas enfermedades da derecho por sí sola a una incapacidad concreta.

Un abogado indica las enfermedades más comunes según su criterio

Precisamente sobre esta cuestión ha puesto el foco Víctor Arpa, abogado laboralista que se ha dado a conocer por el contenido que publica en redes sociales sobre los derechos laborales de los asalariados. En uno de sus últimos vídeos asegura que las incapacidades permanentes absolutas que más han conseguido durante 2026 probablemente no son las que muchas personas imaginarían y sitúa la depresión en primer lugar entre los casos que han terminado con una pensión del cien por cien.

Además, según su experiencia profesional, la fibromialgia, la fatiga crónica, la esclerosis múltiple, la migraña crónica, los problemas graves de columna y el cáncer son otras patologías que encajan en esta clasificación de acuerdo con su criterio. Su afirmación se refiere a los casos que ha gestionado su despacho y no a una clasificación oficial de la Seguridad Social.

El verdadero motivo por el que te conceden la incapacidad

El propio abogado introduce después el matiz fundamental. A su juicio, existe una idea extendida según la cual basta con tener una determinada enfermedad para conseguir una incapacidad permanente, cuando el criterio jurídico no funciona de esa manera. Una persona no obtiene automáticamente una incapacidad absoluta por tener depresión, fibromialgia o cáncer. Lo determinante es que las consecuencias de la enfermedad hayan provocado limitaciones suficientemente graves como para impedir el desempeño laboral. La propia Seguridad Social define la incapacidad absoluta precisamente por la imposibilidad de realizar cualquier profesión u oficio, mientras que la incapacidad total se refiere a la profesión habitual y permite dedicarse a otra actividad.

La resolución del proceso y los factores que la determinan

Por eso, según explica Arpa, los informes médicos adquieren un papel decisivo, al igual que la forma en la que quedan acreditadas las limitaciones y su relación con las exigencias concretas del puesto de trabajo. La cuestión no consiste únicamente en demostrar qué enfermedad padece una persona, sino en acreditar qué consecuencias tiene esa enfermedad y hasta dónde llega su impacto funcional.

En algunos casos, la decisión administrativa del INSS puede ser recurrida y terminar ante los juzgados de lo social, donde se revisará la situación del trabajador y la documentación disponible. La jurisprudencia muestra además que enfermedades como la fibromialgia pueden dar lugar a una incapacidad absoluta cuando, por su gravedad y por las patologías asociadas, provocan una imposibilidad real de desarrollar cualquier actividad laboral, como ha reconocido recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears en un caso que afectaba a una agente de seguros.

 El profesional del derecho laboral explica, en base a sus clientes y los casos específicos de incapacidad, las enfermedades más habituales que dan derecho a esta protección laboral  

En pleno 2026, la incapacidad permanente es una prestación de la Seguridad Social destinada a proteger a los trabajadores que, después del tratamiento médico correspondiente, presentan reducciones anatómicas o funcionales graves que previsiblemente son definitivas y que disminuyen o anulan su capacidad laboral. El procedimiento puede iniciarse de oficio o a petición del trabajador y termina con una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que determina si existe incapacidad y, en su caso, cuál es el grado reconocido. La normativa contempla cuatro grados, desde la incapacidad permanente parcial hasta la gran incapacidad, pasando por la total y la absoluta.

En el caso de la incapacidad permanente absoluta, la Seguridad Social establece que esta situación es la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. La prestación, cuando se cumplen los requisitos, alcanza el 100% de la base reguladora. El proceso de valoración tiene en cuenta las circunstancias médicas y laborales del solicitante, de modo que no basta con aportar un diagnóstico. De hecho, el expediente puede incluir informes médicos, antecedentes profesionales y las valoraciones necesarias para determinar hasta qué punto las limitaciones impiden desarrollar una actividad laboral. La Dirección Provincial del INSS dispone de un plazo máximo de 135 días para dictar resolución.

La dimensión de esta prestación ayuda a entender la importancia del debate. Las últimas estadísticas disponibles de la Seguridad Social sitúan en torno a 1,06 millones las pensiones de incapacidad permanente en vigor. En concreto, los registros oficiales contabilizaban 1.059.235 en junio de 2026, una cifra que permite hacerse una idea del volumen de personas que reciben esta protección en España. Entre los diagnósticos que pueden aparecer asociados a expedientes de incapacidad se encuentran trastornos de salud mental, enfermedades reumatológicas, neurológicas, problemas graves de columna o procesos oncológicos, pero ninguna de estas enfermedades da derecho por sí sola a una incapacidad concreta.

Un abogado indica las enfermedades más comunes según su criterio

Precisamente sobre esta cuestión ha puesto el foco Víctor Arpa, abogado laboralista que se ha dado a conocer por el contenido que publica en redes sociales sobre los derechos laborales de los asalariados. En uno de sus últimos vídeos asegura que las incapacidades permanentes absolutas que más han conseguido durante 2026 probablemente no son las que muchas personas imaginarían y sitúa la depresión en primer lugar entre los casos que han terminado con una pensión del cien por cien.

Además, según su experiencia profesional, la fibromialgia, la fatiga crónica, la esclerosis múltiple, la migraña crónica, los problemas graves de columna y el cáncer son otras patologías que encajan en esta clasificación de acuerdo con su criterio. Su afirmación se refiere a los casos que ha gestionado su despacho y no a una clasificación oficial de la Seguridad Social.

El verdadero motivo por el que te conceden la incapacidad

El propio abogado introduce después el matiz fundamental. A su juicio, existe una idea extendida según la cual basta con tener una determinada enfermedad para conseguir una incapacidad permanente, cuando el criterio jurídico no funciona de esa manera. Una persona no obtiene automáticamente una incapacidad absoluta por tener depresión, fibromialgia o cáncer. Lo determinante es que las consecuencias de la enfermedad hayan provocado limitaciones suficientemente graves como para impedir el desempeño laboral. La propia Seguridad Social define la incapacidad absoluta precisamente por la imposibilidad de realizar cualquier profesión u oficio, mientras que la incapacidad total se refiere a la profesión habitual y permite dedicarse a otra actividad.

La resolución del proceso y los factores que la determinan

Por eso, según explica Arpa, los informes médicos adquieren un papel decisivo, al igual que la forma en la que quedan acreditadas las limitaciones y su relación con las exigencias concretas del puesto de trabajo. La cuestión no consiste únicamente en demostrar qué enfermedad padece una persona, sino en acreditar qué consecuencias tiene esa enfermedad y hasta dónde llega su impacto funcional.

En algunos casos, la decisión administrativa del INSS puede ser recurrida y terminar ante los juzgados de lo social, donde se revisará la situación del trabajador y la documentación disponible. La jurisprudencia muestra además que enfermedades como la fibromialgia pueden dar lugar a una incapacidad absoluta cuando, por su gravedad y por las patologías asociadas, provocan una imposibilidad real de desarrollar cualquier actividad laboral, como ha reconocido recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears en un caso que afectaba a una agente de seguros.

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