Recibir una herencia puede llegar a ser un proceso largo y complejo, y muchos testadores o herederos comienzan a buscar trucos legales con los que poder ahorrarse el gasto. Ante esta constante búsqueda de trampas, muchos gurús de internet han empezado a lanzar bulos, asegurando que, por ejemplo, el impuesto de sucesiones puede evitarse incluyendo una supuesta cláusula en el testamento.
Por ello, muchos abogados y notarios especializados en herencias han querido desmentir este tipo de informaciones falsas y advertir de las consecuencias que este tipo de prácticas fraudulentas, como valorar a la baja los bienes para evitar pagar el IRPF o el impuesto de sucesiones, puede llegar a tener en quienes lo realizan o en sus sucesores. Pues puede ser que cuando estos vayan a aceptarla, se encuentren que deben pagar más de lo que van a recibir.
No se puede evitar pagar el Impuesto de Sucesiones mediante una donación
Entre los expertos que han querido alzar la voz para prevenir que los ciudadanos cometan este tipo de errores, la abogada de familia y herencias, Laura Lobo del Dedo, ha explicado la imposibilidad de evitar el pago del impuesto de sucesiones. «En Internet te vas a encontrar cosas como: ‘No pagues el impuesto de sucesiones mediante la donación del usufructo’, por ejemplo».
Aunque muchos supuestos expertos en redes sociales recomiendan este tipo de prácticas para evitar el pago de este tributo, lo cierto es que solamente se está retrasando esta obligación fiscal. «Eso es una estupidez porque lo que estás haciendo es fraccionarlo; no lo estás evitando, lo estás pagando por un lado en vida y luego, cuando fallezcas, por consolidación», explica.
Por tanto, en lugar de evitar hacer frente a este gasto, lo único que se está haciendo es aplazar la carga tributaria hasta después del fallecimiento del causante. Asimismo, en las donaciones también se tiene que hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como de la plusvalía municipal y del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Tampoco se puede evitar abonar este tributo con cláusulas testamentales
Otro de los bulos más extendidos es la posibilidad de añadir una cláusula en el testamento para evitar pagar el impuesto de sucesiones. No obstante, la abogada recuerda que este tributo se tiene que abonar siempre. «Te lo vas a comer igual. No te puede evitar pagar un impuesto, la ley está hecha para que lo pagues«, sentencia Laura Lobo del Dedo.
Para aligerar esta carga, lo que la letrada recomienda es «optimizarlo», es decir, planificar el testamento y recibir el asesoramiento de un experto para poder aligerar el trámite y que suponga el menor tiempo y gasto para los herederos. Entre los métodos más eficaces se encuentran las bonificaciones y reducciones de dicho tributo.
Casos más habituales de bonificaciones y reducciones sobre este impuesto
«El impuesto de sucesiones prevé una serie de bonificaciones y de reducciones, como vivienda familiar o como empresa, por ejemplo». Y es que, como ya comentaba el abogado David Jiménez, las empresas familiares cuentan con reducciones que suelen rondar entre el 95 y el 99%. Por lo que conseguir esta condición en una compañía garantiza que los herederos puedan recibirla de manera prácticamente gratuita.
En cuanto a las viviendas familiares, se suele aplicar una reducción del 95% en el caso de que el inmueble fuera la residencia habitual del causante, con un límite para cada sujeto pasivo de 122.606,47 euros. Para ello, será necesario que los herederos forzosos hayan convivido con el testador durante, al menos, los dos años anteriores a su fallecimiento y deberán mantenerla durante los 10 años siguientes.
El mejor consejo de los expertos para evitar gastos imprevistos y largos procesos de aceptación de la herencia es, sin duda, la planificación. Para ello, será necesario acudir a un profesional especializado, el cual asesorará sobre las cláusulas más eficientes a la hora de evitar conflictos familiares y estudiará la naturaleza de los bienes y patrimonio para garantizar un reparto justo, equitativo y, sobre todo, conforme a lo establecido por ley.
La letrada desmonta algunos de los bulos más extendidos creados sobre los tributos asociados a las herencias y los testamentos.
Recibir una herencia puede llegar a ser un proceso largo y complejo, y muchos testadores o herederos comienzan a buscar trucos legales con los que poder ahorrarse el gasto. Ante esta constante búsqueda de trampas, muchos gurús de internet han empezado a lanzar bulos, asegurando que, por ejemplo, el impuesto de sucesiones puede evitarse incluyendo una supuesta cláusula en el testamento.
Por ello, muchos abogados y notarios especializados en herencias han querido desmentir este tipo de informaciones falsas y advertir de las consecuencias que este tipo de prácticas fraudulentas, como valorar a la baja los bienes para evitar pagar el IRPF o el impuesto de sucesiones, puede llegar a tener en quienes lo realizan o en sus sucesores. Pues puede ser que cuando estos vayan a aceptarla, se encuentren que deben pagar más de lo que van a recibir.
No se puede evitar pagar el Impuesto de Sucesiones mediante una donación
Entre los expertos que han querido alzar la voz para prevenir que los ciudadanos cometan este tipo de errores, la abogada de familia y herencias, Laura Lobo del Dedo, ha explicado la imposibilidad de evitar el pago del impuesto de sucesiones. «En Internet te vas a encontrar cosas como: ‘No pagues el impuesto de sucesiones mediante la donación del usufructo’, por ejemplo».
Aunque muchos supuestos expertos en redes sociales recomiendan este tipo de prácticas para evitar el pago de este tributo, lo cierto es que solamente se está retrasando esta obligación fiscal. «Eso es una estupidez porque lo que estás haciendo es fraccionarlo; no lo estás evitando, lo estás pagando por un lado en vida y luego, cuando fallezcas, por consolidación», explica.
Por tanto, en lugar de evitar hacer frente a este gasto, lo único que se está haciendo es aplazar la carga tributaria hasta después del fallecimiento del causante. Asimismo, en las donaciones también se tiene que hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como de la plusvalía municipal y del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Tampoco se puede evitar abonar este tributo con cláusulas testamentales
Otro de los bulos más extendidos es la posibilidad de añadir una cláusula en el testamento para evitar pagar el impuesto de sucesiones. No obstante, la abogada recuerda que este tributo se tiene que abonar siempre. «Te lo vas a comer igual. No te puede evitar pagar un impuesto, la ley está hecha para que lo pagues«, sentencia Laura Lobo del Dedo.
Para aligerar esta carga, lo que la letrada recomienda es «optimizarlo», es decir, planificar el testamento y recibir el asesoramiento de un experto para poder aligerar el trámite y que suponga el menor tiempo y gasto para los herederos. Entre los métodos más eficaces se encuentran las bonificaciones y reducciones de dicho tributo.
Casos más habituales de bonificaciones y reducciones sobre este impuesto
«El impuesto de sucesiones prevé una serie de bonificaciones y de reducciones, como vivienda familiar o como empresa, por ejemplo». Y es que, como ya comentaba el abogado David Jiménez, las empresas familiares cuentan con reducciones que suelen rondar entre el 95 y el 99%. Por lo que conseguir esta condición en una compañía garantiza que los herederos puedan recibirla de manera prácticamente gratuita.
En cuanto a las viviendas familiares, se suele aplicar una reducción del 95% en el caso de que el inmueble fuera la residencia habitual del causante, con un límite para cada sujeto pasivo de 122.606,47 euros. Para ello, será necesario que los herederos forzosos hayan convivido con el testador durante, al menos, los dos años anteriores a su fallecimiento y deberán mantenerla durante los 10 años siguientes.
El mejor consejo de los expertos para evitar gastos imprevistos y largos procesos de aceptación de la herencia es, sin duda, la planificación. Para ello, será necesario acudir a un profesional especializado, el cual asesorará sobre las cláusulas más eficientes a la hora de evitar conflictos familiares y estudiará la naturaleza de los bienes y patrimonio para garantizar un reparto justo, equitativo y, sobre todo, conforme a lo establecido por ley.
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