La Seguridad Social es la encargada de velar por el bienestar de los trabajadores, tanto cuando se encuentran en situación de incapacidad temporal como permanente, ofreciendo una pensión que les permita recuperarse antes de volver al mercado laboral si su situación personal se lo permite. Sin embargo, no solo una enfermedad o accidente puede limitar la actividad laboral de una persona, también situaciones más felices como la llegada al mundo de un hijo.
En este último caso, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el encargado de ofrecer diferentes facilidades que permitan a los progenitores compaginar el cuidado del recién nacido con su carrera profesional. Concretamente, ofrece un permiso por nacimiento, adopción o acogida de un menor. Asimismo, las empresas tiene el derecho de respetar el permiso de lactancia. Dos ayudas que muchos desconocen, que son compatibles e independientes entre sí.
¿En qué consiste el permiso por nacimiento?
En primer lugar, es necesario comprender el objetivo de ambas ayudas. En el caso del permiso por nacimiento, adopción y cuidado de menores, este está destinado a aquellas personas trabajadoras que hayan tenido hijos, tanto por parto o adopción, o vayan a acoger menores bajo su cargo. Gracias a esta ayuda, los padres pueden ausentarse del trabajo para cuidar y atender al recién nacido, recibiendo una pensión del 100% de la base reguladora.
Concretamente, para el año 2016, el permiso por nacimiento, también conocido como permiso por maternidad, tiene una duración de 19 semanas para cada progenitor de familias biparentales y de 32 semanas para familias monoparentales. Dentro de este periodo, las primeras 6 semanas deben disfrutarse de manera obligatoria, ininterrumpida e inmediata después del parto. Las siguientes 11 semanas pueden distribuirse de forma flexible hasta que el menor cumpla 12 meses y otras dos semanas que podrán disfrutarse hasta que cumpla 8 años.
¿Qué permite el permiso de lactancia?
Por otra parte, el permiso de lactancia permite a los progenitores volver a su puesto de trabajo y compatibilizarlo con el cuidado de un hijo menor hasta que cumpla 9 meses. Concretamente, permite una hora al día de ausencia en el trabajo, pudiéndola dividir en dos fracciones de media hora. Ambas medidas buscan ayudar a los padres a continuar con su carrera profesional sin tener que dejar de lado el proceso de creación de una familia.
Estas horas pueden distribuirse como mejor le convenga al trabajador, pudiendo acumularlas u organizarlas en jornadas completas de descanso. Sin embargo, esto debe aparecer recogido en el convenio colectivo o haber quedado pactado previamente con la empresa. Asimismo, tras el Real Decreto Ley 6/2019 que entró en vigor el 8 de marzo de 2019, los dos progenitores pueden disfrutar de este permiso.
Puede ampliarse el plazo hasta que el menor cumpla 12 meses
Según explica UGT, es el trabajador quien debe elegir cómo disfrutar del permiso y la empresa no puede limitar dicha elección. Entre las opciones más populares entre los progenitores se encuentran la ausencia dividida en dos medias horas a lo largo de la jornada, la reducción de esta a la hora de entrada o salida o la acumulación de horas para poder disfrutar de jornadas libres.
Este permiso dura hasta que el menor cumple 9 meses, aunque puede ampliarse a 10 meses cuando se haya producido un parto, adopción o acogimiento múltiple. Asimismo, el periodo puede alcanzar hasta los 12 meses cuando los dos progenitores ejercen este derecho con la misma duración y régimen. Sin embargo, los meses extra supondrían una reducción proporcional al salario del trabajador.
¿Cómo solicitar ambos permisos?
Asimismo, también se diferencian en la forma en la que se pueden solicitar ambas prestaciones. Para poder obtener el permiso de nacimiento, es necesario cumplir una serie de requisitos y presentar determinada documentación dispuesta en la sede electrónica de la Seguridad Social. Posteriormente, se puede solicitar tanto de manera telemática como de manera presencial en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Por el contrario, en el caso del permiso de lactancia, no es necesario solicitarlo a la Seguridad Social, sino que se encarga la propia empresa de gestionarlo. Para ello, será necesario avisar a la empresa con 15 días de antelación, generalmente, o en el plazo que establezca el Convenio Colectivo. El aviso debe realizarse por escrito, de forma que quede constancia, y debe aparecer tanto el día en el que se comenzará a disfrutar de este derecho como el día en el que finalizará.
Aunque comparten el objetivo de ayudar a los progenitores a compaginar su carrera laboral con los cuidados del menor, ambos permisos son compatibles e independientes entre sí
La Seguridad Social es la encargada de velar por el bienestar de los trabajadores, tanto cuando se encuentran en situación de incapacidad temporal como permanente, ofreciendo una pensión que les permita recuperarse antes de volver al mercado laboral si su situación personal se lo permite. Sin embargo, no solo una enfermedad o accidente puede limitar la actividad laboral de una persona, también situaciones más felices como la llegada al mundo de un hijo.
En este último caso, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el encargado de ofrecer diferentes facilidades que permitan a los progenitores compaginar el cuidado del recién nacido con su carrera profesional. Concretamente, ofrece un permiso por nacimiento, adopción o acogida de un menor. Asimismo, las empresas tiene el derecho de respetar el permiso de lactancia. Dos ayudas que muchos desconocen, que son compatibles e independientes entre sí.
¿En qué consiste el permiso por nacimiento?
En primer lugar, es necesario comprender el objetivo de ambas ayudas. En el caso del permiso por nacimiento, adopción y cuidado de menores, este está destinado a aquellas personas trabajadoras que hayan tenido hijos, tanto por parto o adopción, o vayan a acoger menores bajo su cargo. Gracias a esta ayuda, los padres pueden ausentarse del trabajo para cuidar y atender al recién nacido, recibiendo una pensión del 100% de la base reguladora.
Concretamente, para el año 2016, el permiso por nacimiento, también conocido como permiso por maternidad, tiene una duración de 19 semanas para cada progenitor de familias biparentales y de 32 semanas para familias monoparentales. Dentro de este periodo, las primeras 6 semanas deben disfrutarse de manera obligatoria, ininterrumpida e inmediata después del parto. Las siguientes 11 semanas pueden distribuirse de forma flexible hasta que el menor cumpla 12 meses y otras dos semanas que podrán disfrutarse hasta que cumpla 8 años.
¿Qué permite el permiso de lactancia?
Por otra parte, el permiso de lactancia permite a los progenitores volver a su puesto de trabajo y compatibilizarlo con el cuidado de un hijo menor hasta que cumpla 9 meses. Concretamente, permite una hora al día de ausencia en el trabajo, pudiéndola dividir en dos fracciones de media hora. Ambas medidas buscan ayudar a los padres a continuar con su carrera profesional sin tener que dejar de lado el proceso de creación de una familia.
Estas horas pueden distribuirse como mejor le convenga al trabajador, pudiendo acumularlas u organizarlas en jornadas completas de descanso. Sin embargo, esto debe aparecer recogido en el convenio colectivo o haber quedado pactado previamente con la empresa. Asimismo, tras el Real Decreto Ley 6/2019 que entró en vigor el 8 de marzo de 2019, los dos progenitores pueden disfrutar de este permiso.
Puede ampliarse el plazo hasta que el menor cumpla 12 meses
Según explica UGT, es el trabajador quien debe elegir cómo disfrutar del permiso y la empresa no puede limitar dicha elección. Entre las opciones más populares entre los progenitores se encuentran la ausencia dividida en dos medias horas a lo largo de la jornada, la reducción de esta a la hora de entrada o salida o la acumulación de horas para poder disfrutar de jornadas libres.
Este permiso dura hasta que el menor cumple 9 meses, aunque puede ampliarse a 10 meses cuando se haya producido un parto, adopción o acogimiento múltiple. Asimismo, el periodo puede alcanzar hasta los 12 meses cuando los dos progenitores ejercen este derecho con la misma duración y régimen. Sin embargo, los meses extra supondrían una reducción proporcional al salario del trabajador.
¿Cómo solicitar ambos permisos?
Asimismo, también se diferencian en la forma en la que se pueden solicitar ambas prestaciones. Para poder obtener el permiso de nacimiento, es necesario cumplir una serie de requisitos y presentar determinada documentación dispuesta en la sede electrónica de la Seguridad Social. Posteriormente, se puede solicitar tanto de manera telemática como de manera presencial en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Por el contrario, en el caso del permiso de lactancia, no es necesario solicitarlo a la Seguridad Social, sino que se encarga la propia empresa de gestionarlo. Para ello, será necesario avisar a la empresa con 15 días de antelación, generalmente, o en el plazo que establezca el Convenio Colectivo. El aviso debe realizarse por escrito, de forma que quede constancia, y debe aparecer tanto el día en el que se comenzará a disfrutar de este derecho como el día en el que finalizará.
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