La Justicia europea tumba de facto la ley española de interinos y obliga a convertir en fijos a casi un millón de trabajadores públicos temporales: «No hay alternativa»

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este martes una sentencia que sacude los cimientos del empleo público en España. La resolución, calificada de “histórica” por el abogado Javier Arauz de Robles, impulsor del caso analizado en Europa, declara la nulidad de facto de la Ley 20/2021 de compensaciones para la reducción de la temporalidad en el sector público y obliga al Estado a convertir en fijos a todos los interinos que hayan sufrido abusos en su contratación. Según CSIF, la cifra asciende a 125.000 interinos, aunque para el abogado «casi todos», cerca de un millón, están en abuso. En total, en España hay 999.738 interinos, el 32% del total de empleados públicos, de los cuales entre 40.000 y 50.000 tienen un proceso judicial abierto, y el letrado insta al resto de interinos cuyo caso no haya prescrito (cinco años) a reclamar, vaticinando una avalancha de litigios.

En una rueda de prensa celebrada tras conocerse el fallo, Arauz, junto a representantes de sindicatos y asociaciones de empleados públicos, ha explicado que la sentencia rechaza las herramientas contempladas en la Ley 20/2021 para reducir la temporalidad en el empleo público porque no logran sancionar adecuadamente su utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión. En consecuencia, la sentencia prohíbe aplicar la figura del “indefinido no fijo” como mecanismo de compensación a los interinos, ya que se produce su cese cuando la plaza se cubre reglamentariamente y, por tanto, mantiene la relación laboral temporal y la precariedad del trabajador; rechaza las indemnizaciones topadas (20 días por un máximo de un año de servicio) y las considera insuficientes, incluso las indemnizaciones por despido improcedente (33 días por año de servicio con un máximo de dos años); también descarta la efectividad de los procesos selectivos o de estabilización, ya que no están dirigidos específicamente a compensar a las víctimas del abuso, sino abiertos a cualquier candidato; y del régimen de responsabilidad de las administraciones públicas, debido a su «carácter ambiguo, abstracto e imprevisible» y al hecho de que «no va acompañado de otras medidas efectivas, disuasorias y proporcionadas». “Ninguna de las medidas aplicadas hasta ahora en España cumple con el Derecho europeo”, ha subrayado Arauz.

Según el abogado, la sentencia -que responde a una cuestión prejudicial planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en el marco de la aplicación de la Directiva 1999/70, que prohíbe el uso abusivo de contratos temporales en el sector público- «obliga a hacer fijos a los interinos, no hay alternativa. Es una especie de embudo que nos aboca directamente a la fijeza como única solución». La postura de España supone «un abuso prolongado, arbitrario y contrario a Europa», como ha ratificado el TJUE, que considera que lo único que compensa años de abusos es la fijeza, en contra de la negativa del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, que ha defendido este martes que la sentencia del TJUE es «meramente aclaratoria» y no obliga a España a hacer fijos los contratos temporales del sector público. «El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra», explicaron desde la cartera de Óscar López. En cambio, Arauz ha insistido en que la sentencia del TJUE «es vinculante», y no deja ya margen de maniobra, puesto que declara a nulidad absoluta de la ley de diciembre de 2021 de procesos de estabilización y de indemnizaciones. «La única solución que cumple es la estabilización automática. No hay ningún atajo», contradice el abogado.

«Estamos ante una resolución histórica que puede marcar un antes y un después en el empleo público en España. El TJUE nos aboca, tras más de 20 años sin aplicar correctamente la Directiva europea, a que la única solución sea convertir en fijos a quienes han sufrido abusos en su contratación», ha insistido Arauz. El abogado contempla que la figura del fijo a extinguir, empleados público cuya plaza está destinada a desaparecer que cuando se jubile, renuncie o cese, sería una solución viable al problema de temporalidad abusiva en España. «No hay que esperar» a un cambio en la ley, «los tribunales tiene que aplicar la sentencia y aplicar una estabilización automática», ha afirmado Javier Arauz de Robles.

Esta figura del fijo a extinguir, que garantizaría la fijeza automática, estabilizaría al personal y no supondría una discriminación en puesto de trabajo, se podría establecer mediante jurisdicción por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que debería pronunciarse sobre el caso del que deriva la sentencia del TJUE -el de una trabajadora de un centro educativo público de la Comunidad de Madrid que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016, que en 2023 fue declarada indefinida no fija y que en 2025 logró una plaza fija mediante un proceso de estabilización- en el plazo de un mes o mes y medio. Pese a la contundencia del fallo europeo, es al Tribunal Supremo que le corresponde dictaminar si la normativa nacional española cumple con el Derecho de la Unión para sancionar correctamente la utilización abusiva de los contratos temporales sucesivos en el sector públicos y si permiten eliminar sus consecuencias.

La alternativa material sería especialmente gravosa para España. El Gobierno, de no estabilizar a todos los interinos, tendría que asumir indemnizaciones sin límites, incluso para quienes ya superaron procesos de estabilización, y que pagarían los contribuyentes; enfrentarse a multas millonarias por parte de la UE, al habilitar a la Comisión Europea a ejecutar el procedimiento de infracción que tiene abierto; y perder fondos comunitarios (España tiene 627 millones de fondos de recuperación bloqueados por la abusiva temporalidad del sector público). Asimismo, podrían considerarse nulos de pleno derecho los procesos de selección y oposiciones de los últimos años, ya que el TJUE dice que son contrarios a la directiva europea al no estar dirigidos específicamente a compensar a las víctimas del abuso, «luego nunca son procesos de estabilización», ha apuntado el abogado.

Javier Arauz de Robles ha denunciado que el Gobierno está atacando un principio del Derecho comunitario y no se puede invocar a la Constitución -como lo ha hecho Función Pública señalando que la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a hacer fijos a trabajadores temporales sin que saquen esta plaza en una oposición abierta a todo el mundo- para no llevar a cabo una contratación masiva de interinos como fijos, ya que todos los interinos han superado un proceso selectivo de libre concurrencia y tienen derecho a estabilización. «Es un Gobierno enfermo. […] Si no genera responsabilidad política tener en precariedad laboral casi un millón de trabajadores y cuatro o cinco millones de familias, apaga y vámonos. Si los políticos no están preocupados por los ciudadanos, no merecen ser representantes nuestros», ha criticado. «Nos merecemos autoridades españolas que tengan la sensibilidad suficiente para reconocer un problema que ellas mismas han creado», ha reclamado, afeando también los fallos de los tribunales españoles.

Para Arauz de Robles, el fallo europeo representa «un varapalo» para España, donde el nivel de temporalidad en el sector público supera el 32 %, pese a que el país se comprometió hace años a reducirlo al 8%. En concreto, según la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2025, España cuenta con 999.738 empleados públicos temporales, el 32,32% del total de 3,1 millones. La temporalidad alcanza picos del 47% en sanidad y del 31% en educación no universitaria, con un 75% de mujeres afectadas, muchas de ellas con entre 10 y 35 años de servicio. En algunos servicios, los temporales llegan al 100% de la plantilla. Arauz denuncia que este abuso de la temporalidad implica precariedad laboral, personal, social y familiar. Significa coacciones, porque siempre están amenazados con un despido libre gratuito. Significa riesgos, porque están en puestos donde no quieren estar los funcionarios de carrera. A esto se suma la incertidumbre y pérdida de oportunidades.

Ante este escenario, y con la sentencia del TJUE como respaldo, CSIF propone regular en el ordenamiento jurídico español «sanciones ejemplares, claras, concretas y aplicables» para los responsables de las administraciones que sigan abusando de la contratación temporal. Además, pide que este tipo de sanciones vayan más allá de la mera responsabilidad administrativa y recaigan sobre los máximos responsables de aquellas administraciones que incumplan. Reclama también que en las ofertas de empleo público se convoquen todas las plazas estructurales para prestar el servicio público y evitar así acudir a la contratación temporal, así como reducir los plazos de ejecución de los procesos selectivos, pues el plazo máximo actual de tres años «se incumple sistemáticamente». Asimismo, tras el acuerdo alcanzado el pasado mes de noviembre, CSIF insta al Gobierno a eliminar la tasa de reposición en la próxima oferta de empleo público para que las administraciones puedan realizar ofertas de empleo público en función de sus necesidades sin contratar interinos.

 El abogado del caso que ha suscitado la sentencia europea propone el uso de la figura del fijo a extinguir para regularizar a los interinos con contratos abusivos   

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este martes una sentencia que sacude los cimientos del empleo público en España. La resolución, calificada de “histórica” por el abogado Javier Arauz de Robles, impulsor del caso analizado en Europa, declara la nulidad de facto de la Ley 20/2021 de compensaciones para la reducción de la temporalidad en el sector público y obliga al Estado a convertir en fijos a todos los interinos que hayan sufrido abusos en su contratación. Según CSIF, la cifra asciende a 125.000 interinos, aunque para el abogado «casi todos», cerca de un millón, están en abuso. En total, en España hay 999.738 interinos, el 32% del total de empleados públicos, de los cuales entre 40.000 y 50.000 tienen un proceso judicial abierto, y el letrado insta al resto de interinos cuyo caso no haya prescrito (cinco años) a reclamar, vaticinando una avalancha de litigios.

En una rueda de prensa celebrada tras conocerse el fallo, Arauz, junto a representantes de sindicatos y asociaciones de empleados públicos, ha explicado que la sentencia rechaza las herramientas contempladas en la Ley 20/2021 para reducir la temporalidad en el empleo público porque no logran sancionar adecuadamente su utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión. En consecuencia, la sentencia prohíbe aplicar la figura del “indefinido no fijo” como mecanismo de compensación a los interinos, ya que se produce su cese cuando la plaza se cubre reglamentariamente y, por tanto, mantiene la relación laboral temporal y la precariedad del trabajador; rechaza las indemnizaciones topadas (20 días por un máximo de un año de servicio) y las considera insuficientes, incluso las indemnizaciones por despido improcedente (33 días por año de servicio con un máximo de dos años); también descarta la efectividad de los procesos selectivos o de estabilización, ya que no están dirigidos específicamente a compensar a las víctimas del abuso, sino abiertos a cualquier candidato; y del régimen de responsabilidad de las administraciones públicas, debido a su «carácter ambiguo, abstracto e imprevisible» y al hecho de que «no va acompañado de otras medidas efectivas, disuasorias y proporcionadas». “Ninguna de las medidas aplicadas hasta ahora en España cumple con el Derecho europeo”, ha subrayado Arauz.

Según el abogado, la sentencia -que responde a una cuestión prejudicial planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en el marco de la aplicación de la Directiva 1999/70, que prohíbe el uso abusivo de contratos temporales en el sector público- «obliga a hacer fijos a los interinos, no hay alternativa. Es una especie de embudo que nos aboca directamente a la fijeza como única solución». La postura de España supone «un abuso prolongado, arbitrario y contrario a Europa», como ha ratificado el TJUE, que considera que lo único que compensa años de abusos es la fijeza, en contra de la negativa del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, que ha defendido este martes que la sentencia del TJUE es «meramente aclaratoria» y no obliga a España a hacer fijos los contratos temporales del sector público. «El TJUE lo que ha dicho es que España tiene que hacer más para evitar abusar de la figura del trabajador temporal, pero no obliga a hacerlo de una manera u otra», explicaron desde la cartera de Óscar López. En cambio, Arauz ha insistido en que la sentencia del TJUE «es vinculante», y no deja ya margen de maniobra, puesto que declara a nulidad absoluta de la ley de diciembre de 2021 de procesos de estabilización y de indemnizaciones. «La única solución que cumple es la estabilización automática. No hay ningún atajo», contradice el abogado.

«Estamos ante una resolución histórica que puede marcar un antes y un después en el empleo público en España. El TJUE nos aboca, tras más de 20 años sin aplicar correctamente la Directiva europea, a que la única solución sea convertir en fijos a quienes han sufrido abusos en su contratación», ha insistido Arauz. El abogado contempla que la figura del fijo a extinguir, empleados público cuya plaza está destinada a desaparecer que cuando se jubile, renuncie o cese, sería una solución viable al problema de temporalidad abusiva en España. «No hay que esperar» a un cambio en la ley, «los tribunales tiene que aplicar la sentencia y aplicar una estabilización automática», ha afirmado Javier Arauz de Robles.

Esta figura del fijo a extinguir, que garantizaría la fijeza automática, estabilizaría al personal y no supondría una discriminación en puesto de trabajo, se podría establecer mediante jurisdicción por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que debería pronunciarse sobre el caso del que deriva la sentencia del TJUE -el de una trabajadora de un centro educativo público de la Comunidad de Madrid que encadenó seis contratos de interinidad desde 2016, que en 2023 fue declarada indefinida no fija y que en 2025 logró una plaza fija mediante un proceso de estabilización- en el plazo de un mes o mes y medio. Pese a la contundencia del fallo europeo, es al Tribunal Supremo que le corresponde dictaminar si la normativa nacional española cumple con el Derecho de la Unión para sancionar correctamente la utilización abusiva de los contratos temporales sucesivos en el sector públicos y si permiten eliminar sus consecuencias.

La alternativa material sería especialmente gravosa para España. El Gobierno, de no estabilizar a todos los interinos, tendría que asumir indemnizaciones sin límites, incluso para quienes ya superaron procesos de estabilización, y que pagarían los contribuyentes; enfrentarse a multas millonarias por parte de la UE, al habilitar a la Comisión Europea a ejecutar el procedimiento de infracción que tiene abierto; y perder fondos comunitarios (España tiene 627 millones de fondos de recuperación bloqueados por la abusiva temporalidad del sector público). Asimismo, podrían considerarse nulos de pleno derecho los procesos de selección y oposiciones de los últimos años, ya que el TJUE dice que son contrarios a la directiva europea al no estar dirigidos específicamente a compensar a las víctimas del abuso, «luego nunca son procesos de estabilización», ha apuntado el abogado.

Javier Arauz de Robles ha denunciado que el Gobierno está atacando un principio del Derecho comunitario y no se puede invocar a la Constitución -como lo ha hecho Función Pública señalando que la doctrina del Tribunal Constitucional es contraria a hacer fijos a trabajadores temporales sin que saquen esta plaza en una oposición abierta a todo el mundo- para no llevar a cabo una contratación masiva de interinos como fijos, ya que todos los interinos han superado un proceso selectivo de libre concurrencia y tienen derecho a estabilización. «Es un Gobierno enfermo. […] Si no genera responsabilidad política tener en precariedad laboral casi un millón de trabajadores y cuatro o cinco millones de familias, apaga y vámonos. Si los políticos no están preocupados por los ciudadanos, no merecen ser representantes nuestros», ha criticado. «Nos merecemos autoridades españolas que tengan la sensibilidad suficiente para reconocer un problema que ellas mismas han creado», ha reclamado, afeando también los fallos de los tribunales españoles.

Para Arauz de Robles, el fallo europeo representa «un varapalo» para España, donde el nivel de temporalidad en el sector público supera el 32 %, pese a que el país se comprometió hace años a reducirlo al 8%. En concreto, según la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2025, España cuenta con 999.738 empleados públicos temporales, el 32,32% del total de 3,1 millones. La temporalidad alcanza picos del 47% en sanidad y del 31% en educación no universitaria, con un 75% de mujeres afectadas, muchas de ellas con entre 10 y 35 años de servicio. En algunos servicios, los temporales llegan al 100% de la plantilla. Arauz denuncia que este abuso de la temporalidad implica precariedad laboral, personal, social y familiar. Significa coacciones, porque siempre están amenazados con un despido libre gratuito. Significa riesgos, porque están en puestos donde no quieren estar los funcionarios de carrera. A esto se suma la incertidumbre y pérdida de oportunidades.

Ante este escenario, y con la sentencia del TJUE como respaldo, CSIF propone regular en el ordenamiento jurídico español «sanciones ejemplares, claras, concretas y aplicables» para los responsables de las administraciones que sigan abusando de la contratación temporal. Además, pide que este tipo de sanciones vayan más allá de la mera responsabilidad administrativa y recaigan sobre los máximos responsables de aquellas administraciones que incumplan. Reclama también que en las ofertas de empleo público se convoquen todas las plazas estructurales para prestar el servicio público y evitar así acudir a la contratación temporal, así como reducir los plazos de ejecución de los procesos selectivos, pues el plazo máximo actual de tres años «se incumple sistemáticamente». Asimismo, tras el acuerdo alcanzado el pasado mes de noviembre, CSIF insta al Gobierno a eliminar la tasa de reposición en la próxima oferta de empleo público para que las administraciones puedan realizar ofertas de empleo público en función de sus necesidades sin contratar interinos.

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