Juanma Lorente, abogado laboralista: «Entiendo que ahora me querréis matar, pero es legal que te quedes una hora más en tu trabajo»

Salir del trabajo más tarde de lo esperado suele disparar la misma sospecha en casi cualquier empleado: si me quedo más tiempo, esas horas de más me las tienen que pagar.

No obstante, el abogado laboralista Juanma Lorente ha ofrecido un veredicto totalmente diferente mediante una explicación en la que ha introducido un matiz del Estatuto de los Trabajadores que muchas personas pasan por alto.

«Es totalmente legal que te quedes 15, 20 minutos o incluso una hora más en tu trabajo sin que sean horas extra. Entiendo que ahora me quieren matar, pero es que hay mucha gente que está equivocada», advierte el letrado desde el principio.

«Es posible que te creas que estás haciendo horas extra cuando no las estás haciendo»

El abogado sostiene que esta explicación no aplica a todos los trabajadores por igual, depende más bien del convenio colectivo de cada sector. «Esto no aplica a todo el mundo, pero si en tu convenio colectivo viene estipulado el descanso entre jornada, que puede ser de 15 minutos a una hora, no es tiempo de trabajo efectivo», explica.

Ahora toca centrarse en en el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce a cualquier trabajador el derecho a un descanso mínimo de 15 minutos siempre que la jornada diaria continuada supere las seis horas, la conocida popularmente como «pausa del bocadillo». Además, «se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo», lo que significa que, si el convenio no dice nada al respecto, ese descanso no cuenta como jornada trabajada por defecto.

Para mayor entendimiento, Lorente ofrece un ejemplo por el que «sí, tú puedes salir a descansar durante tu jornada, pero después ese descanso lo tienes que recuperar. Y es posible que te creas que estás haciendo horas extra cuando no las estás haciendo, porque lo único que estás haciendo es devolver el descanso obligatorio durante la jornada».

En resumidas cuentas, si un trabajador disfruta de 20 minutos de pausa a media mañana y ese tiempo no está reconocido como efectivo en su convenio, la empresa puede exigirle que recupere esos mismos minutos al final del turno.

«Hay que ver el convenio, hay que ver lo que viene estipulado, y a partir de ahí saber si estás haciendo horas extra o no»

Desde su experiencia laboral, Lorente reconoce que este malentendido es de los más frecuentes en su despacho. «He atendido a mucha gente que me dice: hombre, es que hago una hora más todos los días. Claro, cuando le pregunto si descansan durante la jornada y después veo el convenio colectivo, es que es totalmente legal, no son horas extra», relata.

Por otro lado, este profesional del ámbito de la abogacía ha facilitado otro escenario por el que sí se tendría un gran derecho a reclamar: «Eso sí, si en tu convenio colectivo dice que el descanso es tiempo de trabajo efectivo, no tendrás que recuperarlo, y si te hacen recuperarlo, sí estás echando una hora de más», aclara.

Por lo tanto, «hay que ver el convenio, hay que ver lo que viene estipulado, y a partir de ahí saber si estás haciendo horas extra o no», finaliza.

 «Es posible que te creas que estás haciendo horas extra cuando no las estás haciendo», ha señalado el letrado durante su explicación, apuntando a un malentendido muy frecuente en su despacho relacionado con el descanso entre jornada regulado por el convenio colectivo  

Salir del trabajo más tarde de lo esperado suele disparar la misma sospecha en casi cualquier empleado: si me quedo más tiempo, esas horas de más me las tienen que pagar.

No obstante, el abogado laboralista Juanma Lorente ha ofrecido un veredicto totalmente diferente mediante una explicación en la que ha introducido un matiz del Estatuto de los Trabajadores que muchas personas pasan por alto.

«Es totalmente legal que te quedes 15, 20 minutos o incluso una hora más en tu trabajo sin que sean horas extra. Entiendo que ahora me quieren matar, pero es que hay mucha gente que está equivocada», advierte el letrado desde el principio.

«Es posible que te creas que estás haciendo horas extra cuando no las estás haciendo»

El abogado sostiene que esta explicación no aplica a todos los trabajadores por igual, depende más bien del convenio colectivo de cada sector. «Esto no aplica a todo el mundo, pero si en tu convenio colectivo viene estipulado el descanso entre jornada, que puede ser de 15 minutos a una hora, no es tiempo de trabajo efectivo», explica.

Ahora toca centrarse en en el artículo 34.4 del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce a cualquier trabajador el derecho a un descanso mínimo de 15 minutos siempre que la jornada diaria continuada supere las seis horas, la conocida popularmente como «pausa del bocadillo». Además, «se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo», lo que significa que, si el convenio no dice nada al respecto, ese descanso no cuenta como jornada trabajada por defecto.

Para mayor entendimiento, Lorente ofrece un ejemplo por el que «sí, tú puedes salir a descansar durante tu jornada, pero después ese descanso lo tienes que recuperar. Y es posible que te creas que estás haciendo horas extra cuando no las estás haciendo, porque lo único que estás haciendo es devolver el descanso obligatorio durante la jornada».

En resumidas cuentas, si un trabajador disfruta de 20 minutos de pausa a media mañana y ese tiempo no está reconocido como efectivo en su convenio, la empresa puede exigirle que recupere esos mismos minutos al final del turno.

«Hay que ver el convenio, hay que ver lo que viene estipulado, y a partir de ahí saber si estás haciendo horas extra o no»

Desde su experiencia laboral, Lorente reconoce que este malentendido es de los más frecuentes en su despacho. «He atendido a mucha gente que me dice: hombre, es que hago una hora más todos los días. Claro, cuando le pregunto si descansan durante la jornada y después veo el convenio colectivo, es que es totalmente legal, no son horas extra», relata.

Por otro lado, este profesional del ámbito de la abogacía ha facilitado otro escenario por el que sí se tendría un gran derecho a reclamar: «Eso sí, si en tu convenio colectivo dice que el descanso es tiempo de trabajo efectivo, no tendrás que recuperarlo, y si te hacen recuperarlo, sí estás echando una hora de más», aclara.

Por lo tanto, «hay que ver el convenio, hay que ver lo que viene estipulado, y a partir de ahí saber si estás haciendo horas extra o no», finaliza.

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