El abogado Ignacio de la Calzada, conocido en redes como @laboral_tips, ha explicado en un vídeo cómo el nuevo Real Decreto viene a corregir uno de los efectos no deseados de la reforma laboral de 2022. Según relata, aquella reforma buscaba que «la mayoría de contratos» fueran indefinidos y reducir el uso del contrato temporal, pero terminó provocando un efecto colateral: «lo que realmente sucede es que se utilizaba el periodo de prueba como una forma de despido libre».
De la Calzada detalla en su vídeo que esta práctica «provoca que el despido durante el periodo de prueba se incremente en más de un 400%», ya que se trata de una finalización de contrato «sin indemnización», y señala que las empresas lo utilizaban, en la práctica, «como modo de contrato temporal» encubierto.
Qué cambia con el nuevo Real Decreto
Según explica el abogado, la nueva normativa transpone parcialmente una directiva europea y obliga a que el periodo de prueba se especifique con detalle: «se tiene que especificar exactamente qué va a valorarse por la empresa, incluso si existen algoritmos, cuáles son los parámetros que se van a utilizar». El creador subraya que ya «no vale eso de según convenio» a la hora de fijar las condiciones laborales que se evaluarán.
De la Calzada insiste en que durante el periodo de prueba el trabajador tiene derecho a saber con qué criterios va a ser evaluado, por ejemplo, «puntualidad o rendimiento«, y que, si la empresa decide no superarlo, deberá justificarlo conforme a esos parámetros previamente comunicados. «Si la empresa no lo justificará aquí seguramente estaremos ante un despido improcedente», afirma.
Las consecuencias para las empresas que no cumplan
El abogado explica que, aunque una indemnización por un periodo de prueba de apenas dos meses «no es mucha», el incumplimiento de esta obligación puede acarrear consecuencias adicionales para las empresas: «puede suponer además infracciones en materia de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), es decir, sanciones para las empresas».
De la Calzada apunta además a un escenario futuro, condicionado a una eventual reforma de la ley del despido, que por el momento no existe. La posibilidad de aplicar «indemnizaciones adicionales disuasorias», de forma que la antigüedad acumulada durante esos dos meses, sumada a la falta de causa justificada en la finalización, «impondría una sanción superior, una indemnización superior a la que sería la de 33 días por año». El propio creador matiza que se trata de algo que «ya veremos», sin confirmar que vaya a producirse.
De la Calzada cierra su vídeo destacando la paradoja de la situación: «se han incrementado muchísimas las no superaciones de periodo de prueba, como una especie de despido», pese a que la reforma laboral que dio origen a este fenómeno «pretendía precisamente todo lo contrario, que era que los contratos fueran indefinidos por regla general».
Un abogado laboralista explica cómo la nueva normativa busca frenar el uso del periodo de prueba como una vía de despido sin indemnización
El abogado Ignacio de la Calzada, conocido en redes como @laboral_tips, ha explicado en un vídeo cómo el nuevo Real Decreto viene a corregir uno de los efectos no deseados de la reforma laboral de 2022. Según relata, aquella reforma buscaba que «la mayoría de contratos» fueran indefinidos y reducir el uso del contrato temporal, pero terminó provocando un efecto colateral: «lo que realmente sucede es que se utilizaba el periodo de prueba como una forma de despido libre».
De la Calzada detalla en su vídeo que esta práctica «provoca que el despido durante el periodo de prueba se incremente en más de un 400%», ya que se trata de una finalización de contrato «sin indemnización», y señala que las empresas lo utilizaban, en la práctica, «como modo de contrato temporal» encubierto.
Qué cambia con el nuevo Real Decreto
Según explica el abogado, la nueva normativa transpone parcialmente una directiva europea y obliga a que el periodo de prueba se especifique con detalle: «se tiene que especificar exactamente qué va a valorarse por la empresa, incluso si existen algoritmos, cuáles son los parámetros que se van a utilizar». El creador subraya que ya «no vale eso de según convenio» a la hora de fijar las condiciones laborales que se evaluarán.
De la Calzada insiste en que durante el periodo de prueba el trabajador tiene derecho a saber con qué criterios va a ser evaluado, por ejemplo, «puntualidad o rendimiento«, y que, si la empresa decide no superarlo, deberá justificarlo conforme a esos parámetros previamente comunicados. «Si la empresa no lo justificará aquí seguramente estaremos ante un despido improcedente», afirma.
Las consecuencias para las empresas que no cumplan
El abogado explica que, aunque una indemnización por un periodo de prueba de apenas dos meses «no es mucha», el incumplimiento de esta obligación puede acarrear consecuencias adicionales para las empresas: «puede suponer además infracciones en materia de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), es decir, sanciones para las empresas».
De la Calzada apunta además a un escenario futuro, condicionado a una eventual reforma de la ley del despido, que por el momento no existe. La posibilidad de aplicar «indemnizaciones adicionales disuasorias», de forma que la antigüedad acumulada durante esos dos meses, sumada a la falta de causa justificada en la finalización, «impondría una sanción superior, una indemnización superior a la que sería la de 33 días por año». El propio creador matiza que se trata de algo que «ya veremos», sin confirmar que vaya a producirse.
De la Calzada cierra su vídeo destacando la paradoja de la situación: «se han incrementado muchísimas las no superaciones de periodo de prueba, como una especie de despido», pese a que la reforma laboral que dio origen a este fenómeno «pretendía precisamente todo lo contrario, que era que los contratos fueran indefinidos por regla general».
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