Una mujer pierde el subsidio para mayores de 52 años y deberá devolver las prestaciones por desempleo tras simular un despido con su empresa

La historia se remonta al verano del 2023, momento en el que una empleada vivió una situación de extrema tensión en su puesto de trabajo a raíz de una agresión sufrida por su propia hija a manos de un interno en las mismas instalaciones.

Este grave altercado provocó en la madre un profundo cuadro de ansiedad que le impedía reincorporarse a sus tareas rutinarias. Al intentar acogerse a una baja médica remunerada, la administración le comunicó que no cumplía con el requisito mínimo de ciento ochenta días cotizados. Ante esta tesitura, la protagonista tomó la arriesgada decisión de ausentarse deliberadamente de su puesto con la firme intención de forzar a la corporación a tramitar un despido disciplinario, lo que le permitiría reactivar el subsidio para mayores de cincuenta y dos años que tenía reconocido desde hace años.

Un engaño al descubierto

Sin embargo, los planes de la trabajadora no salieron como esperaba. Al ver que los trámites burocráticos se demoraban y que la compañía no la daba de baja, acudió personalmente a quejarse ante la Inspección de Trabajo, confesando sus intenciones. De forma paralela, y para intentar solucionar el embrollo, la empleada y la dirección urdieron un plan a puerta cerrada.

Ambas partes acordaron simular que el contrato había finalizado de forma natural por expiración del tiempo acordado. Para darle credibilidad a la maniobra, alteraron las fechas oficiales de los registros telemáticos y redactaron un documento de finiquito que la afectada firmó a cambio de renunciar al cobro de cualquier tipo de indemnización.

Las autoridades no tardaron en detectar las graves incongruencias de este montaje. Los inspectores cruzaron las declaraciones iniciales de la mujer con la documentación aportada por la empresa, confirmando que el supuesto finiquito jamás había sido cobrado y que el cese temporal era una simple fachada. La investigación concluyó de forma categórica que existía una connivencia total entre ambas partes para disfrazar una baja voluntaria como si fuera un despido legal.

El objetivo de esta trampa documental no era otro que crear un escenario ficticio para que la empleada pudiera seguir accediendo a las prestaciones del Estado. Como respuesta, la entidad pública ordenó la extinción inmediata del subsidio y exigió el reintegro de todas las cantidades percibidas desde la fecha del falso cese.

El fracaso de la vía judicial

En un último intento por aferrarse a las ayudas y evitar la devolución del dinero, la ciudadana recurrió a la justicia ordinaria. Su defensa apeló a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, argumentando que obligarla a devolver los fondos suponía una carga desproporcionada y defendiendo que siempre había actuado de «buena fe».

No obstante, la sala autonómica ha sido tajante en su reciente resolución, identificada con el número de sentencia STSJ EXT 598/2026 y dictada a principios del mes de mayo de este mismo año. Los magistrados han desestimado sus pretensiones recordando que la protección europea solo ampara a los ciudadanos cuando el error es imputable exclusivamente a la administración, sentenciando que en este caso quedó plenamente demostrada la «connivencia de la empresa con la trabajadora» para engañar al sistema público.

 El Tribunal Superior de Justicia extremeño confirma la dura sanción impuesta a una trabajadora que orquestó un cese ficticio con la dirección de su compañía para seguir cobrando dinero público de manera irregular  

La historia se remonta al verano del 2023, momento en el que una empleada vivió una situación de extrema tensión en su puesto de trabajo a raíz de una agresión sufrida por su propia hija a manos de un interno en las mismas instalaciones.

Este grave altercado provocó en la madre un profundo cuadro de ansiedad que le impedía reincorporarse a sus tareas rutinarias. Al intentar acogerse a una baja médica remunerada, la administración le comunicó que no cumplía con el requisito mínimo de ciento ochenta días cotizados. Ante esta tesitura, la protagonista tomó la arriesgada decisión de ausentarse deliberadamente de su puesto con la firme intención de forzar a la corporación a tramitar un despido disciplinario, lo que le permitiría reactivar el subsidio para mayores de cincuenta y dos años que tenía reconocido desde hace años.

Un engaño al descubierto

Sin embargo, los planes de la trabajadora no salieron como esperaba. Al ver que los trámites burocráticos se demoraban y que la compañía no la daba de baja, acudió personalmente a quejarse ante la Inspección de Trabajo, confesando sus intenciones. De forma paralela, y para intentar solucionar el embrollo, la empleada y la dirección urdieron un plan a puerta cerrada.

Ambas partes acordaron simular que el contrato había finalizado de forma natural por expiración del tiempo acordado. Para darle credibilidad a la maniobra, alteraron las fechas oficiales de los registros telemáticos y redactaron un documento de finiquito que la afectada firmó a cambio de renunciar al cobro de cualquier tipo de indemnización.

Las autoridades no tardaron en detectar las graves incongruencias de este montaje. Los inspectores cruzaron las declaraciones iniciales de la mujer con la documentación aportada por la empresa, confirmando que el supuesto finiquito jamás había sido cobrado y que el cese temporal era una simple fachada. La investigación concluyó de forma categórica que existía una connivencia total entre ambas partes para disfrazar una baja voluntaria como si fuera un despido legal.

El objetivo de esta trampa documental no era otro que crear un escenario ficticio para que la empleada pudiera seguir accediendo a las prestaciones del Estado. Como respuesta, la entidad pública ordenó la extinción inmediata del subsidio y exigió el reintegro de todas las cantidades percibidas desde la fecha del falso cese.

Un podio de madera en un tribunal

El fracaso de la vía judicial

En un último intento por aferrarse a las ayudas y evitar la devolución del dinero, la ciudadana recurrió a la justicia ordinaria. Su defensa apeló a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, argumentando que obligarla a devolver los fondos suponía una carga desproporcionada y defendiendo que siempre había actuado de «buena fe».

No obstante, la sala autonómica ha sido tajante en su reciente resolución, identificada con el número de sentencia STSJ EXT 598/2026 y dictada a principios del mes de mayo de este mismo año. Los magistrados han desestimado sus pretensiones recordando que la protección europea solo ampara a los ciudadanos cuando el error es imputable exclusivamente a la administración, sentenciando que en este caso quedó plenamente demostrada la «connivencia de la empresa con la trabajadora» para engañar al sistema público.

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