Cada año miles y miles de contribuyentes tienen que rendir cuentas con Hacienda, presentando sus declaraciones del IRPF y Patrimonio en la campaña de la Renta. Este 2026 se deberán entregar las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2025 desde el próximo 8 de abril —seis días más tarde que en la anterior campaña, que arrancó el 2 de abril— hasta el 30 de junio.
Cuando llega el momento de enfrentarse al IRPF, los contribuyentes podrán reducir su carga fiscal gracias a diversas deducciones en materia de vivienda, trabajo, familia, eficiencia energética, etc. Estas deducciones son beneficios fiscales que permiten a los españoles reducir el importe a pagar o aumentar su devolución. Este año millones de españoles podrán deducirse hasta 9.000 euros gracias a la decisión del Gobierno de extender la vigencia de las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética.
El Real Decreto-ley 16/2025 —publicado el pasado 23 de diciembre— incorpora una norma que modifica la Ley del IRPF y aparece la extensión de esta ayuda hasta finales de 2026 para viviendas independientes y hasta 2027 en el caso de edificios residenciales.
Para acceder a esta deducción es necesario acreditar que las obras realizadas mejoran de forma efectiva la eficiencia energética del inmueble —en un 30% como mínimo—. Para ello se exige un certificado energético previo y otro posterior, ambos emitidos y visados por un técnico competente.
¿Cuánto se puede deducir?
La normativa no fija una única ayuda, sino que establece diferentes niveles de deducción en función del ahorro energético conseguido y del tipo de inmueble. Estas son las tres modalidades disponibles:
- Deducción básica del 20% (hasta 1.000 euros): pensado para pequeñas actuaciones que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda. Permite deducir el 20% del importe de las obras, con una base máxima anual de 5.000 euros y una deducción máxima efectiva de 1.000 euros.
- Deducción del 40% (hasta 3.000 euros): dirigido a obras de mayor alcance que logren reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable o que mejoren la calificación energética del inmueble hasta una clase «A» o «B». En este caso, la deducción asciende al 40%, con una base máxima anual de 7.500 euros y un máximo deducible de 3.000 euros.
- Deducción del 60% (hasta 3.000 euros al año): enfocado a comunidades de propietarios o edificios completos. Si las obras del conjunto del edificio reducen el consumo energético en un 30% o alcanzan la clase «A» o «B», cada propietario puede deducirse el 60% de su cuota de participación. La base máxima anual es de 5.000 euros y la deducción máxima real, de 3.000 euros. Además, las cantidades no deducidas pueden trasladarse cuatro años hasta una base acumulada de 15.000 euros. Es decir, el 60% de esa base permite una deducción total de 9.000 euros repartida en varios ejercicios.
Las deducciones son beneficios fiscales que permiten a los españoles reducir el importe a pagar o aumentar su devolución
Cada año miles y miles de contribuyentes tienen que rendir cuentas con Hacienda, presentando sus declaraciones del IRPF y Patrimonio en la campaña de la Renta. Este 2026 se deberán entregar las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2025 desde el próximo 8 de abril —seis días más tarde que en la anterior campaña, que arrancó el 2 de abril— hasta el 30 de junio.
Cuando llega el momento de enfrentarse al IRPF, los contribuyentes podrán reducir su carga fiscal gracias a diversas deducciones en materia de vivienda, trabajo, familia, eficiencia energética, etc. Estas deducciones son beneficios fiscales que permiten a los españoles reducir el importe a pagar o aumentar su devolución. Este año millones de españoles podrán deducirse hasta 9.000 euros gracias a la decisión del Gobierno de extender la vigencia de las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética.
El Real Decreto-ley 16/2025 —publicado el pasado 23 de diciembre— incorpora una norma que modifica la Ley del IRPF y aparece la extensión de esta ayuda hasta finales de 2026 para viviendas independientes y hasta 2027 en el caso de edificios residenciales.
Para acceder a esta deducción es necesario acreditar que las obras realizadas mejoran de forma efectiva la eficiencia energética del inmueble —en un 30% como mínimo—. Para ello se exige un certificado energético previo y otro posterior, ambos emitidos y visados por un técnico competente.
La normativa no fija una única ayuda, sino que establece diferentes niveles de deducción en función del ahorro energético conseguido y del tipo de inmueble. Estas son las tres modalidades disponibles:
- Deducción básica del 20% (hasta 1.000 euros): pensado para pequeñas actuaciones que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda. Permite deducir el 20% del importe de las obras, con una base máxima anual de 5.000 euros y una deducción máxima efectiva de 1.000 euros.
- Deducción del 40% (hasta 3.000 euros): dirigido a obras de mayor alcance que logren reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable o que mejoren la calificación energética del inmueble hasta una clase «A» o «B». En este caso, la deducción asciende al 40%, con una base máxima anual de 7.500 euros y un máximo deducible de 3.000 euros.
- Deducción del 60% (hasta 3.000 euros al año): enfocado a comunidades de propietarios o edificios completos. Si las obras del conjunto del edificio reducen el consumo energético en un 30% o alcanzan la clase «A» o «B», cada propietario puede deducirse el 60% de su cuota de participación. La base máxima anual es de 5.000 euros y la deducción máxima real, de 3.000 euros. Además, las cantidades no deducidas pueden trasladarse cuatro años hasta una base acumulada de 15.000 euros. Es decir, el 60% de esa base permite una deducción total de 9.000 euros repartida en varios ejercicios.
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