A raíz de la polémica con el trabajador que fue despedido por comer una croqueta en un supermercado, mucha gente se pregunta si es posible llevarse la comida sobrante de su puesto de trabajo.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado improcedente el despido de un trabajador que consumió una croqueta que no se había vendido y que se iba a tirar a la basura, al entender que no hubo apropiación indebida ni ánimo de lucro.
¿Puede un trabajador llevarse comida que sobra?
El Supremo entiende que la conducta del trabajador no es delictiva porque, como señala el convenio, «el consumo de cualquier producto sin haberlo abonado anteriormente implica que tal producto tiene un precio de venta al público al que el trabajador no ha hecho frente», y en este caso la croqueta que consumió no tiene ningún valor de mercado, «ni siquiera ínfimo, pues la misma destinada a basura no podía ser puesta en venta al público».
Por tanto, esta sentencia permite que los trabajadores se puedan llevar comida, siempre que se cumpla con el supuesto de que dicha comida carezca de valor en el mercado.
Sin embargo, habrá que atender al convenio fijado por cada empresa para no cometer ningún fraude o acción de deslealtad, así como que la acción sea considerada como un robo o hurto que implique una falta grave.
Despido improcedente
Tras la sentencia, se ha determinado que el despido fue improcedente, por lo que la empresa tendrá que reincorporar al trabajador afectado e indemnizarle con el pago de 40.000 euros. Al no haber apropiación indebida. puesto que no existió «una posesión legítima del producto», teniendo en cuenta también que la croqueta no tiene valor en el mercado en el momento del consumo, el tribunal ha considerado ilegal el despido, ratificando el fallo anterior del juzgado de instancia.
Ley de desperdicio alimentario
Para evitar el desperdicio de comida, el Gobierno ha aprobado en este 2024 una ley pionera para evitar el desperdicio de comida. La Ley de Desperdicio Alimentario pretende dar una solución a esta problemática muy presente en los últimos años. Durante el 2021, los hogares españoles desperdiciaron 1.245 millones de kilos de alimentos, mientras que en toda la industria alimentaria se llegó a la impactante cifra de 7,7 millones de toneladas según un estudio del Ministerio de Agricultura.
Esta nueva ley tiene como objetivo que para el 2030, se pueda reducir en un 20% los desperdicios en la cadena alimentaria. La normativa fomenta actuaciones para evitar la pérdida de alimentos en toda la cadena, desde la cosecha hasta el consumo.
Las empresas de la cadena deberán contar con un plan de prevención para que, a partir de un autodiagnóstico, adopten medidas para minimizar las pérdidas conforme a una jerarquía de usos en la que tendrá prioridad el consumo humano.
Además, la ley incluye la obligación, por parte del sector productor o el de la distribución, de donar los excedentes de alimentos que estén en condiciones de consumo. Asimismo, los establecimientos del sector de la restauración deberán ofrecer al cliente la posibilidad de llevarse en envases la comida o la bebida que no haya consumido.
La sentencia dicta que el hombre despedido por ingerir una croqueta deberá ser indemnizado y reincorporado a la plantilla
A raíz de la polémica con el trabajador que fue despedido por comer una croqueta en un supermercado, mucha gente se pregunta si es posible llevarse la comida sobrante de su puesto de trabajo.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado improcedente el despido de un trabajador que consumió una croqueta que no se había vendido y que se iba a tirar a la basura, al entender que no hubo apropiación indebida ni ánimo de lucro.
¿Puede un trabajador llevarse comida que sobra?
El Supremo entiende que la conducta del trabajador no es delictiva porque, como señala el convenio, «el consumo de cualquier producto sin haberlo abonado anteriormente implica que tal producto tiene un precio de venta al público al que el trabajador no ha hecho frente», y en este caso la croqueta que consumió no tiene ningún valor de mercado, «ni siquiera ínfimo, pues la misma destinada a basura no podía ser puesta en venta al público».
Por tanto, esta sentencia permite que los trabajadores se puedan llevar comida, siempre que se cumpla con el supuesto de que dicha comida carezca de valor en el mercado.
Sin embargo, habrá que atender al convenio fijado por cada empresa para no cometer ningún fraude o acción de deslealtad, así como que la acción sea considerada como un robo o hurto que implique una falta grave.
Despido improcedente
Tras la sentencia, se ha determinado que el despido fue improcedente, por lo que la empresa tendrá que reincorporar al trabajador afectado e indemnizarle con el pago de 40.000 euros. Al no haber apropiación indebida. puesto que no existió «una posesión legítima del producto», teniendo en cuenta también que la croqueta no tiene valor en el mercado en el momento del consumo, el tribunal ha considerado ilegal el despido, ratificando el fallo anterior del juzgado de instancia.
Ley de desperdicio alimentario
Para evitar el desperdicio de comida, el Gobierno ha aprobado en este 2024 una ley pionera para evitar el desperdicio de comida. La Ley de Desperdicio Alimentario pretende dar una solución a esta problemática muy presente en los últimos años. Durante el 2021, los hogares españoles desperdiciaron 1.245 millones de kilos de alimentos, mientras que en toda la industria alimentaria se llegó a la impactante cifra de 7,7 millones de toneladas según un estudio del Ministerio de Agricultura.
Esta nueva ley tiene como objetivo que para el 2030, se pueda reducir en un 20% los desperdicios en la cadena alimentaria. La normativa fomenta actuaciones para evitar la pérdida de alimentos en toda la cadena, desde la cosecha hasta el consumo.
Las empresas de la cadena deberán contar con un plan de prevención para que, a partir de un autodiagnóstico, adopten medidas para minimizar las pérdidas conforme a una jerarquía de usos en la que tendrá prioridad el consumo humano.
Además, la ley incluye la obligación, por parte del sector productor o el de la distribución, de donar los excedentes de alimentos que estén en condiciones de consumo. Asimismo, los establecimientos del sector de la restauración deberán ofrecer al cliente la posibilidad de llevarse en envases la comida o la bebida que no haya consumido.
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