La archidiócesis de Toledo sigue pagando el sueldo de un cura condenado por violar a una menor mientras le practicaba exorcismos

EL PAÍS puso en marcha en 2018 una investigación de la pederastia en la Iglesia española y tiene una base de datos actualizada con todos los casos conocidos. Si conoce algún caso que no haya visto la luz, nos puede escribir a: abusos@elpais.es Si es un caso en América Latina, la dirección es: abusosamerica@elpais.es

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 El Supremo impuso a José Luis Galán ocho años de cárcel. La Iglesia le retribuye desde que ingresó en 2024 porque lo considera inocente  

EL PAÍS puso en marcha en 2018 una investigación de la pederastia en la Iglesia española y tiene una base de datos actualizada con todos los casos conocidos. Si conoce algún caso que no haya visto la luz, nos puede escribir a: abusos@elpais.es Si es un caso en América Latina, la dirección es: abusosamerica@elpais.es

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El sacerdote José Luis Galán fue condenado en 2021 a ocho años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal a una menor mientras era director espiritual en el colegio toledano Hijos de María Nuestra Señora de Talavera de la Reina, entre 2011 y 2014. También le fue impuesta una indemnización de 100.000 euros y el pago de las costas del juicio. En mayo de 2024, el Tribunal Supremo ratificó la condena; en la sentencia arremetió contra la defensa por “cuestionar la credibilidad del testimonio de la víctima” y subrayó el “calvario” por el que pasó la misma, hoy mayor de edad. Galán entró en prisión en julio de 2024para pagar por sus crímenes y, desde entonces, la Iglesia ha seguido ingresándole un sueldo mensualmente, ya que considera que Galán es inocente, según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico.

Preguntado por el motivo por el que sigue pagando el sueldo a un cura condenado por abusar sexualmente de una menor, el ecónomo diocesano del arzobispado de Toledo, Anastasio Gómez, matiza que “toda información relativa a la situación económica concreta de una persona identificada constituye un dato de carácter personal”. Y añade, por correo electrónico: “En los casos en que un sacerdote ha sido condenado por los tribunales y se encuentra cumpliendo pena de prisión, la Iglesia no mantiene una relación laboral ni abona un salario por el ejercicio del ministerio. Existe una asignación básica, destinada exclusivamente a permitir que el interesado haga frente a las obligaciones económicas, también las derivadas de la sentencia, incluidas posibles indemnizaciones”. El arzobispado no matiza a qué equivale esa “asignación básica”, aunque según datos de la Conferencia Episcopal Española, estos ingresos son menores que el salario mínimo interprofesional, en torno a los 1.000 euros.

El concepto que figura en los pagos a Galán, sin embargo, es “nómina”, según la documentación a la que ha accedido este periódico y confirma el obispado. La explicación del ecónomo es esta: “Cualquier sacerdote en España no mantiene una relación laboral con su diócesis; es una relación sin carácter contractual, por lo tanto, no puede emitirse una nómina. Distinto es que, al hacer las transferencias y enviar la remesa mensual o trimestral, el código que se utiliza es el de “nómina” para generar una remesa bancaria“. Y añade: “Lo que me trasladan es que José Luis no ha dejado de ser sacerdote porque en el proceso canónico, el resultado no fue negativo para él”.

A la pregunta de cuántos sacerdotes o miembros de la Iglesia están cumpliendo pena de prisión y percibiendo un sueldo, contesta así: “No tengo conocimiento y entiendo que no existe un registro público que permita ofrecer una cifra agregada, ni resulta posible facilitar información individualizada”.

Entrar en la cárcel imposibilita al reo acudir a su lugar de trabajo, motivo por el que, si la pena es firme, la relación laboral con la empresa finaliza. En jurisprudencia se conoce como despido por inasistencia. También si la condena es firme, se suspende la prestación por desempleo. Otra cosa, explica a este periódico un abogado laboralista, es si un cura recibe algún tipo de prestación por parte de la propia congregación religiosa. “Eso es como si fuera una donación entre particulares”, señala.

La víctima escribió una carta al Papa en 2017 denunciando lo sucedido y adjuntó una copia de la querella. Fue entonces cuando el arzobispo de Toledo abrió un proceso canónico, pero lo derivó al tribunal eclesiástico de la Rota, que a su vez sentenció la inocencia del sacerdote.

Según la contabilidad de este periódico, la única existente sobre pederastia en la Iglesia española, en la diócesis de Toledo (de la que es obispo auxiliar Francisco César García Magán, secretario general de la Conferencia Episcopal Española) constan siete casos y seis víctimas. Además, dos de los obispos o exobispos de la localidad figuran en la misma base de datos como encubridores. Braulio Rodríguez, arzobispo de Toledo entre 2009 y 2019, ignoró las denuncias presentadas por la víctima y solo después de que esta escribiera al Vaticano abrió un proceso canónico. Desoyó, además, durante años las acusaciones contra otro cura del seminario menor Santo Tomás de Villanueva. Por su parte, Francisco Cerro Chaves, el arzobispo actual, no apartó, cuando era obispo de Cáceres, a un sacerdote condenado por intercambiar pornografía infantil y permitió que siguiera en contacto con menores.

“Es lo que Dios quiere”

Los abusos cometidos por Galán y destapados por este periódico comenzaron un año después de que el sacerdote y la víctima se conocieran durante un viaje escolar en 2010 para hacer el Camino de Santiago. En 2011, Galán se convirtió en su director espiritual y la menor, que por entonces tenía 16 años, llegó a contar que lo consideraba como su “segundo padre”. Fue la madre la que la aconsejó que buscase auxilio espiritual con Galán. Por entonces, ella se estaba divorciando debido a la relación sentimental que había comenzado con el sacerdote y que la niña desconocía.

Con la excusa de ofrecerle apoyo religioso, Galán citaba a la menor dos veces por semana en su despacho parroquial en la Iglesia de San Ildefonso, donde repetidamente la agredió sexual, física y psicológicamente entre 2011 y 2014. La frase que utilizaba para justificar las agresiones, según la víctima, era: “Es lo que Dios quiere”. Según relató a los jueces y aparece en la sentencia, esas frases iban acompañadas de amenazas, como: “Puta, no mereces la pena, eres una niñata”. El condenado siempre mantuvo que la denuncia de la víctima estaba motivada por un ataque de celos hacia su madre, por la relación amorosa que tenía con él.

Además de los abusos sexuales y el maltrato psicológico, el sacerdote engañó hasta en tres ocasiones a la víctima para someterla a un supuesto exorcismo para aliviar un trastorno alimenticio que los médicos le habían detectado durante aquellos años. “Cuando la menor llegó al mencionado lugar [el despacho parroquial], donde se encontraban el abusador, otro sacerdote y su madre, estos últimos le explicaron que la enfermedad que padecía se debía a la influencia del demonio, por lo que debían someterla a un exorcismo y que, para ello, se debía quitar la ropa, a excepción de sus bragas y su camiseta. Una vez se desprendió de su ropa en los términos que le habían indicado, el otro sacerdote comenzó a practicar el exorcismo”, aparece en los hechos probados de la sentencia que en su día publicó el Tribunal Superior de Castilla-La Mancha y que el Supremo confirmó.

Un día después, durante la segunda sesión, la menor estuvo a solas con Galán y este abusó de ella. En 2019, cuando el sacerdote fue procesado, el arzobispado afirmó a EL PAÍS que no tenía constancia de dicho exorcismo. La ley eclesiástica que regula los rituales de exorcismo destaca que es el obispo el que debe autorizarlo y que la víctima debe aceptar voluntariamente. La gravedad de estos abusos y sus consecuencias es en lo que se apoyó el Tribunal Supremo para fijar la indemnización en 100.000 euros, una de las más altas hasta ahora impuestas a un sacerdote. Así lo detalló: “Si alguna reflexión le sugiere a este Tribunal es que hasta podría quedarse corta, si se tiene en cuenta la dificultad que entraña hacer una evaluación de un sufrimiento como el padecido por el tan extenso en el tiempo y humillante y vejatorio trato al que la sometió el condenado y las muy graves consecuencias que tuvo para la salud física y mental de la joven”.

Cuando comenzaron los sucesivos episodios de abusos, la menor empezó a padecer anorexia nerviosa e intentó quitarse la vida en varias ocasiones. Sufrió varias hospitalizaciones.

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