Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: «En la empresa privada pueden despedir por mentir en el currículum, en la política no»

Últimamente se ha puesto de moda entre los políticos de nuestro país atribuirse méritos estudiantiles ficticios con el fin de agrandar su curriculum vitae. Algunos de los ejemplos más representativos de esta práctica son Noelia Nuñez, diputada del PP, con su doble grado en derecho, Patxi López que aseguraba que estudió Ingeniería Industrial en la Universidad del País Vasco, sin embargo, abandonó el grado para comenzar su carrera política, entre otros. Pero estos casos podrían llegar a salpicar incluso al Presidente del Gobierno, con los indicios «malas prácticas» en el desarrollo de su tesis del doctorado.

Sin embargo, ¿cuáles son las consecuencias legales para una persona de a pie si este ejemplo sucediera en su empresa? Bueno pues, al menos, los expertos llegan a la conclusión de que ciertamente no serían las mismas. Por un lado, los trabajadores tratan de ejercer vínculos de confianza con sus superiores con el finde establecer relaciones amenas que la confrontación en un momento dado no derive en conflictos laborales inesperados. Por ende, contar con todos los papeles en regla y siempre con la verdad por delante, especialmente si se trata de los estudios cursados cuya formación es indispensable para el desarrollo de la actividad. De esta manera, los efectos que tomaría la empresa en caso de descubrir la falsificación de títulos académicos no serían los mismos que los que hoy observamos en los telediarios.

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales bajo el pseudónimo de «Un tío legal», compareció en directo en el programa televisivo de Telemadrid denominado «120 minutos» con el fin de aportar claridad sobre las derivas legales de este asunto. Pese a que muchos piensan que los partidos políticos son entidades de carácter público, en realidad se tratan de asociaciones privadas que cuentan con financiación pública. De esta manera se dictamina la última palabra en función de los directivos del organismo y no en el debate público y, por tanto, la decisión final corre a cargo de la estructura institucional de los miembros que componen el partido.

Mentir en el currículum sí trae consecuencias

El abogado fue preguntado por la presentadora acerca de los límites de la línea roja entre los distintos ejemplos a lo que respondió lo siguiente: «Como todos sabéis, evidentemente, en la política hay ciertas conductas que no tienen mucho reproche, pero en el ámbito privado, la empresa en cuanto se entera que existe algún tipo de mentira, de falsedad en el currículum puede, y lo suele hacer, despedir», sentencia el experto. De esta suertes, las diferencias entre los dos casos han quedado ciertamente claras. En este contexto, el procedimiento para concretar el cese del contrato en este sector puede tomar varios caminos. «Puede ser un despido disciplinario, que bien puede ser declarado procedente, es decir, es correcto, en función de la mentira y el perjuicio para la empresa», añade.

«Si se inventan títulos de universidades falsos hay sentencias que han declarado procedente«, indica para posteriormente decir que podría existir un delito de falsedad de documento imputable al infractor. Por lo que constituye dos problemas: uno legal y otro penal. «En la política depende de si tu partido quiere expulsarte pero como no requiere de una experiencia, puedes continuar aunque te lo hayas inventado», afirma. Además, este caso no solo repercute a las formaciones académicas públicas sino que también atañe a la falsedad de idiomas, lo que se traduce en un despido disciplinario procedente sin indemnización.

Las más castigadas: abogados, médicos, dentistas,…

«Si tu profesión requería un título como abogados, médicos o dentistas, y te lo has inventado, la empresa podría pedir responsabilidades por ello si ha existido un perjuicio real, por ejemplo, a un cliente«, expresa. Es así como las consecuencias de estos oficios podrían llegar a desencadenar el despido, la denuncia y una indemnización por los agravios ocasionados a un tercero. El experto también señala que han existido casos, como el que indica en Cataluña, que indican que la falsedad de experiencia laboral con el fin de agrandar el currículum vitae también constituye un motivo con el que declarar despido improcedente.

 El profesional del derecho laboral intervino en una emisión en directo en antena para explicar y ejemplificar sobre las repercusiones legales de realizar esta acción en una empresa normal  

Últimamente se ha puesto de moda entre los políticos de nuestro país atribuirse méritos estudiantiles ficticios con el fin de agrandar su curriculum vitae. Algunos de los ejemplos más representativos de esta práctica son Noelia Nuñez, diputada del PP, con su doble grado en derecho, Patxi López que aseguraba que estudió Ingeniería Industrial en la Universidad del País Vasco, sin embargo, abandonó el grado para comenzar su carrera política, entre otros. Pero estos casos podrían llegar a salpicar incluso al Presidente del Gobierno, con los indicios «malas prácticas» en el desarrollo de su tesis del doctorado.

Sin embargo, ¿cuáles son las consecuencias legales para una persona de a pie si este ejemplo sucediera en su empresa? Bueno pues, al menos, los expertos llegan a la conclusión de que ciertamente no serían las mismas. Por un lado, los trabajadores tratan de ejercer vínculos de confianza con sus superiores con el finde establecer relaciones amenas que la confrontación en un momento dado no derive en conflictos laborales inesperados. Por ende, contar con todos los papeles en regla y siempre con la verdad por delante, especialmente si se trata de los estudios cursados cuya formación es indispensable para el desarrollo de la actividad. De esta manera, los efectos que tomaría la empresa en caso de descubrir la falsificación de títulos académicos no serían los mismos que los que hoy observamos en los telediarios.

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista conocido en redes sociales bajo el pseudónimo de «Un tío legal», compareció en directo en el programa televisivo de Telemadrid denominado «120 minutos» con el fin de aportar claridad sobre las derivas legales de este asunto. Pese a que muchos piensan que los partidos políticos son entidades de carácter público, en realidad se tratan de asociaciones privadas que cuentan con financiación pública. De esta manera se dictamina la última palabra en función de los directivos del organismo y no en el debate público y, por tanto, la decisión final corre a cargo de la estructura institucional de los miembros que componen el partido.

Mentir en el currículum sí trae consecuencias

El abogado fue preguntado por la presentadora acerca de los límites de la línea roja entre los distintos ejemplos a lo que respondió lo siguiente: «Como todos sabéis, evidentemente, en la política hay ciertas conductas que no tienen mucho reproche, pero en el ámbito privado, la empresa en cuanto se entera que existe algún tipo de mentira, de falsedad en el currículum puede, y lo suele hacer, despedir», sentencia el experto. De esta suertes, las diferencias entre los dos casos han quedado ciertamente claras. En este contexto, el procedimiento para concretar el cese del contrato en este sector puede tomar varios caminos. «Puede ser un despido disciplinario, que bien puede ser declarado procedente, es decir, es correcto, en función de la mentira y el perjuicio para la empresa», añade.

«Si se inventan títulos de universidades falsos hay sentencias que han declarado procedente«, indica para posteriormente decir que podría existir un delito de falsedad de documento imputable al infractor. Por lo que constituye dos problemas: uno legal y otro penal. «En la política depende de si tu partido quiere expulsarte pero como no requiere de una experiencia, puedes continuar aunque te lo hayas inventado», afirma. Además, este caso no solo repercute a las formaciones académicas públicas sino que también atañe a la falsedad de idiomas, lo que se traduce en un despido disciplinario procedente sin indemnización.

Las más castigadas: abogados, médicos, dentistas,…

«Si tu profesión requería un título como abogados, médicos o dentistas, y te lo has inventado, la empresa podría pedir responsabilidades por ello si ha existido un perjuicio real, por ejemplo, a un cliente«, expresa. Es así como las consecuencias de estos oficios podrían llegar a desencadenar el despido, la denuncia y una indemnización por los agravios ocasionados a un tercero. El experto también señala que han existido casos, como el que indica en Cataluña, que indican que la falsedad de experiencia laboral con el fin de agrandar el currículum vitae también constituye un motivo con el que declarar despido improcedente.

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