Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: «El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores establece un permiso retribuido de cinco días en caso de hospitalización de un familiar»

La hospitalización de un familiar puede obligar a un trabajador a reorganizar por completo su jornada laboral para poder atenderle. Sin embargo, no siempre se conocen los derechos que contempla la legislación para estas situaciones y, en ocasiones, las empresas pueden poner trabas a la hora de concederlos.

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista de profesión, ha repasado las claves del permiso retribuido de cinco días que recoge el Estatuto de los Trabajadores y ha explicado quién puede solicitarlo, en qué circunstancias y cuándo comienza a disfrutarse.

Una de las cuestiones más importantes es que no tienen por qué consumirse necesariamente a partir del primer día de ingreso hospitalario.

Los cinco días de permiso por hospitalización son laborables y no se descuentan del salario

El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores reconoce un permiso retribuido de cinco días cuando se produce la hospitalización de determinados familiares o se dan otras circunstancias previstas en la ley. Esto significa que el empleado puede ausentarse de su puesto durante ese periodo sin que se reduzca su salario.

De la Calzada insiste en una cuestión que suele generar confusión: los cinco días son laborables, no naturales. Por ejemplo, si una persona trabaja de lunes a viernes y comienza el permiso un jueves, podrá disfrutar de jueves, viernes, lunes, martes y miércoles. El sábado y el domingo no se descuentan porque no son jornadas de trabajo para ese empleado.

Lo mismo sucede con quienes trabajan a turnos: se tienen en cuenta los días que les correspondía trabajar, no los de descanso.

Por otro lado, Ignacio aclara que, cuando se trata de familiares incluidos legalmente en el permiso, la empresa no puede exigir por regla general que el trabajador y la persona ingresada convivan bajo el mismo techo. Así, alguien puede solicitar los cinco días para atender a su madre o a su hermano aunque tengan domicilios diferentes.

Esta distinción es importante porque el requisito de convivencia se aplica al supuesto de personas que no tienen un vínculo familiar de los contemplados en la norma. Para los familiares reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores, lo determinante es que se cumplan las condiciones legales que dan derecho al permiso.

El permiso también se puede pedir por enfermedad grave o una operación sin hospitalización

Otra de las cuestiones que destaca el laboralista es que no siempre tiene que producirse un ingreso hospitalario para poder disfrutar de los cinco días. El artículo 37.3.b también contempla los accidentes o enfermedades graves y las intervenciones quirúrgicas sin hospitalización que precisen reposo domiciliario.

Imagínense el siguiente hipotético caso: un padre que se somete a una operación y regresa a casa el mismo día. Si el equipo médico prescribe reposo domiciliario, puede existir igualmente derecho al permiso. Por tanto, lo importante es comprobar que la situación se encuentra entre los supuestos recogidos en la legislación y que se cumplen los requisitos correspondientes.

Antes de concluir con su intervención, De la Calzada trata el momento en el que pueden empezar a disfrutarse los cinco días. El abogado se refiere a una sentencia del Tribunal Supremo del 4 de febrero de 2026, que respalda que el permiso no tenga que comenzar obligatoriamente el mismo día del ingreso hospitalario.

Para explicarlo, plantea el caso de una madre que ingresa un lunes y cuyo cuidado asume inicialmente otro de sus hijos. Si ese familiar tiene que reincorporarse al trabajo el miércoles, el trabajador que solicita el permiso podría comenzar a disfrutarlo ese día para hacerse cargo de ella. La finalidad es permitir cierta flexibilidad para organizar los cuidados cuando surge la necesidad de atender al familiar.

 La normativa contempla también intervenciones quirúrgicas sin ingreso que requieren reposo domiciliario y permite adaptar el inicio de la ausencia a las necesidades de cuidado  

La hospitalización de un familiar puede obligar a un trabajador a reorganizar por completo su jornada laboral para poder atenderle. Sin embargo, no siempre se conocen los derechos que contempla la legislación para estas situaciones y, en ocasiones, las empresas pueden poner trabas a la hora de concederlos.

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista de profesión, ha repasado las claves del permiso retribuido de cinco días que recoge el Estatuto de los Trabajadores y ha explicado quién puede solicitarlo, en qué circunstancias y cuándo comienza a disfrutarse.

Una de las cuestiones más importantes es que no tienen por qué consumirse necesariamente a partir del primer día de ingreso hospitalario.

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Los cinco días de permiso por hospitalización son laborables y no se descuentan del salario

El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores reconoce un permiso retribuido de cinco días cuando se produce la hospitalización de determinados familiares o se dan otras circunstancias previstas en la ley. Esto significa que el empleado puede ausentarse de su puesto durante ese periodo sin que se reduzca su salario.

De la Calzada insiste en una cuestión que suele generar confusión: los cinco días son laborables, no naturales. Por ejemplo, si una persona trabaja de lunes a viernes y comienza el permiso un jueves, podrá disfrutar de jueves, viernes, lunes, martes y miércoles. El sábado y el domingo no se descuentan porque no son jornadas de trabajo para ese empleado.

Lo mismo sucede con quienes trabajan a turnos: se tienen en cuenta los días que les correspondía trabajar, no los de descanso.

Por otro lado, Ignacio aclara que, cuando se trata de familiares incluidos legalmente en el permiso, la empresa no puede exigir por regla general que el trabajador y la persona ingresada convivan bajo el mismo techo. Así, alguien puede solicitar los cinco días para atender a su madre o a su hermano aunque tengan domicilios diferentes.

Esta distinción es importante porque el requisito de convivencia se aplica al supuesto de personas que no tienen un vínculo familiar de los contemplados en la norma. Para los familiares reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores, lo determinante es que se cumplan las condiciones legales que dan derecho al permiso.

El permiso también se puede pedir por enfermedad grave o una operación sin hospitalización

Otra de las cuestiones que destaca el laboralista es que no siempre tiene que producirse un ingreso hospitalario para poder disfrutar de los cinco días. El artículo 37.3.b también contempla los accidentes o enfermedades graves y las intervenciones quirúrgicas sin hospitalización que precisen reposo domiciliario.

Imagínense el siguiente hipotético caso: un padre que se somete a una operación y regresa a casa el mismo día. Si el equipo médico prescribe reposo domiciliario, puede existir igualmente derecho al permiso. Por tanto, lo importante es comprobar que la situación se encuentra entre los supuestos recogidos en la legislación y que se cumplen los requisitos correspondientes.

Antes de concluir con su intervención, De la Calzada trata el momento en el que pueden empezar a disfrutarse los cinco días. El abogado se refiere a una sentencia del Tribunal Supremo del 4 de febrero de 2026, que respalda que el permiso no tenga que comenzar obligatoriamente el mismo día del ingreso hospitalario.

Para explicarlo, plantea el caso de una madre que ingresa un lunes y cuyo cuidado asume inicialmente otro de sus hijos. Si ese familiar tiene que reincorporarse al trabajo el miércoles, el trabajador que solicita el permiso podría comenzar a disfrutarlo ese día para hacerse cargo de ella. La finalidad es permitir cierta flexibilidad para organizar los cuidados cuando surge la necesidad de atender al familiar.

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