Cuando la mujer congoleña O. B. pisó el aeropuerto italiano de Bolonia, no imaginó que ir acompañada de su hija y su sobrina menores de edad la convertiría en sospechosa de tráfico de personas. Tras seis años de procesos judiciales, en los que fue separada de las niñas, la justicia europea ha reconocido que introducir irregularmente en la UE a un menor a cargo con fines humanitarios no es delito. Su historia no es única, pues en Europa cada año cientos de migrantes son acusados de tráfico de personas por acciones como manejar el timón de las embarcaciones, gestionar el GPS, arreglar el motor de un coche, o incluso repartir comida.
El Tribunal de Justicia de la UE exculpa a una solicitante de asilo que llegó a Italia con su hija y su sobrina, por lo que fue acusada de favorecer la migración irregular
Cuando la mujer congoleña O. B. pisó el aeropuerto italiano de Bolonia, no imaginó que ir acompañada de su hija y su sobrina menores de edad la convertiría en sospechosa de tráfico de personas. Tras seis años de procesos judiciales, en los que fue separada de las niñas, la justicia europea ha reconocido que introducir irregularmente en la UE a un menor a cargo con fines humanitarios no es delito. Su historia no es única, pues en Europa cada año cientos de migrantes son acusados de tráfico de personas por acciones como manejar el timón de las embarcaciones, gestionar el GPS, arreglar el motor de un coche, o incluso repartir comida.
O. B. llegó a Bolonia el 27 de agosto de 2019 acompañada de su hija, de ocho años por entonces, y su sobrina, de 13. Dejaba atrás a un exmarido violento que había pasado de las palizas a las amenazas de muerte. Las tres congoleñas viajaron hasta llegar a Casablanca, en Marruecos, y de ahí volaron a la ciudad italiana con idea de solicitar asilo, sirviéndose de pasaportes falsos que las identificaban como senegalesas. A la mujer no le duró mucho la libertad recuperada tras abandonar a su maltratador: nada más poner un pie en suelo europeo fue arrestada por favorecer presuntamente la inmigración irregular de las dos niñas con la agravante de usar documentación falsa.
La legislación italiana contempla penas de hasta seis años de prisión y multas de hasta 15.000 euros por el delito que se imputa a O. B. La Fiscalía pidió cinco años de cárcel y 30.000 euros, en consonancia con el marco jurídico de la UE, el llamado Paquete de Facilitadores, que considera tráfico todo acto realizado para favorecer la entrada irregular en la frontera.
El Tribunal de Primera Instancia de Bolonia encargado de juzgar el caso Kinsa —como se conoce el procedimiento penal de O. B.— presentó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en 2023 a petición de la abogada de la acusada, Francesca Cancellaro, para que evaluara la compatibilidad del Paquete y su aplicación en Italia con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. En concreto, si una persona que ayuda a migrar con fines humanitarios está exenta de responsabilidad penal.
Dos años después, el TJUE ha dictado su primer fallo sobre estas leyes a raíz del caso Kinsa, y ha sido a favor de los intereses de la acusada, con el argumento de que los nacionales de terceros países que acceden de forma irregular en la UE no deben ser procesados por ayudar a entrar a menores que estén bajo su cuidado. También considera que las leyes sobre el tráfico de personas no deben entrar en conflicto con la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, en particular con el interés superior del niño, el derecho a la vida familiar y el derecho de asilo. El Tribunal ha subrayado que, dado que O.B. había solicitado protección, no debe ser objeto de sanciones penales.
“Ejercicio de responsabilidad”
El fallo del TJUE, difundido el 3 de junio, enfatiza que lo que hizo O. B. debería considerarse, más bien, “un ejercicio de la responsabilidad”. La decisión es vinculante y por esto este caso es tan importante, recalca Cancellaro durante una entrevista con EL PAÍS, pero O. B. todavía debe esperar a que el juzgado de Bolonia dicte sentencia. “La jueza debe defender los derechos fundamentales e interpretar el derecho nacional a la luz de estos, como ha establecido la Gran Sala del Tribunal de Justicia”, anota Cancellaro. “Veremos cómo aplica la sentencia la juez, pero tiene que respetarla”, añade la abogada, que confía en que su clienta sea absuelta. El juicio se celebrará el 15 de julio.
Aunque quedan pasos por dar, tanto Cancellaro como los defensores de los derechos de los migrantes califican esta decisión de “histórica” porque llega en un momento delicado: por una parte, en la UE está a punto de aprobarse definitivamente una nueva directiva más severa que sustituye al Paquete de Facilitadores, muy criticado porque en numerosas ocasiones se acabó empleando como herramienta para criminalizar a las ONG, a los migrantes y a sus familias.
La sentencia refleja la necesidad de incluir excepciones humanitarias —algo arduamente solicitado por los defensores de derechos humanos— para evitar que la ley se utilice contra quienes actúan por solidaridad o necesidad. “El fallo demuestra que toda ley nacional y europea puede ser impugnada desde la perspectiva de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Significa mucho, no solo para este caso, sino para todos en los que se pueda argumentar que hay una violación de esos derechos”, sostiene Cancellaro.
En segundo lugar, las organizaciones de apoyo a migrantes observan en el caso Kinsa un ejemplo claro de lo que llevan años denunciando: que el uso de una legislación pensada para encerrar a verdaderos traficantes a menudo perjudica y no protege la seguridad y los derechos de los migrantes. Es una mala praxis que constata la Plataforma para la Cooperación Internacional sobre Migrantes Indocumentados (Picum) en su último informe al respecto, publicado en mayo: en 2024, al menos 91 migrantes fueron acusados de delitos relacionados con el tráfico de personas y otros 142 por ayudar a migrantes a entrar ilegalmente en la UE. En ambas categorías, Picum ha observado un incremento del 20% en comparación con el año anterior.
El estudio de Picum analiza la situación en Polonia, Francia, Bulgaria, Malta, Letonia y Chipre, Grecia e Italia, pero solo recoge aquellos que fueron publicados en medios de comunicación y en los que era evidente que los acusados no formaban parte de las organizaciones de tráfico de personas, según explica la autora principal, Silvia Carta. “Estamos ante cientos de personas que son criminalizadas y que a menudo desconocemos o de las que no se informa”, resalta. Organizaciones como Arci Porco Rosso y Borderline Europe estiman que más de 3.200 migrantes han sido arrestados tras llegar a las costas italianas en los últimos diez años. En Grecia han corrido la misma suerte 228 personas en el último año, más del doble que en 2023. Y en las islas Canarias más de 100 migrantes son detenidos anualmente tras haber sido acusados de pilotar el cayuco en el que llegaron.
Años en prisión preventiva
Los acusados casi siempre pasaron largos periodos en prisión, algunos hasta dos o tres años antes del juicio. “La criminalización está afectando de forma desproporcionada a las vidas de los migrantes y también les dificulta mucho más el acceso, por ejemplo, a los procedimientos de residencia o asilo mientras están siendo juzgados”, denuncia Silvia Carta.
Es lo que le ocurrió a Ismael Boli Ouattara, que estuvo un año y dos meses en la cárcel tras perder a su mujer y a una hija durante la travesía hacia Canarias. Similar suerte corrieron los nueve supervivientes del naufragio del pesquero Adriana, señalados como responsables de la muerte de cientos de hombres, mujeres y niños en el mar Jónico el 14 de junio de 2023. Cuando el tribunal griego los puso en libertad, llevaban más de un año entre rejas.
Y así le ocurrió a la propia O. B., que tras ser detenida en Bolonia ingresó en prisión preventiva durante unos días y fue separada de las niñas, enviadas a un centro de menores. Pasó casi un año hasta que pudo volver a vivir con su hija bajo el mismo techo y dos años hasta que la mujer obtuvo una sentencia que declaraba que ella era realmente la madre. Sin embargo, nunca volvió a reunirse con su sobrina, pues cuando la menor estaba bajo la custodia de los servicios sociales, se perdió y nunca más fue encontrada.
Organizaciones como Picum solicitan que casos como el de la mujer congoleña sirvan para replantear el futuro Paquete de Facilitadores. “Buscamos una revisión completa de la definición del delito básico de facilitación para evitar la criminalización de la solidaridad de los migrantes”, solicita Silvia Carta. También una exención vinculante para las acciones humanitarias, que incluiría las formas más habituales de ayuda como la alimentación, el alojamiento o la asistencia jurídica. “Y, por supuesto, la exención de responsabilidad de los migrantes”, concluye la experta.
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