Despido en vacaciones: el error que puede salirte caro mientras tomas el sol

Las vacaciones son ese momento del año en el que, por fin, se pulsa el botón de apagado del ordenador, se cierra y se ponen en pausa, por un tiempo, las responsabilidades que nos acompañan el resto del año. Y, de repente, perdemos la noción de qué día es, dejamos de mirar el reloj y disfrutamos del sol en la playa, de bañarnos en la piscina con amigos, de leer un buen libro en casa o, simplemente, de no hacer nada. No obstante, como todo lo bueno, este descanso dura menos de lo que nos gustaría e incluso puede interrumpirse antes de tiempo al recibir noticias desagradables por parte de nuestra empresa.

A algunos trabajadores durante sus merecidas vacaciones en la playa les ha llegado a las manos una carta de despido, pero ¿es esto legal? «Sí, y puede costarte caro no enterarte a tiempo», tal y como asegura el abogado laboralista Juanma Lorente en un vídeo publicado en la red social TikTok.

Muchos piensan que, al estar de vacaciones, ya gestionarán esta situación cuando vuelvan a casa. Sin embargo, el letrado señala que «esto es un error», ya que el plazo para impugnar el despido empieza a contar aunque una persona esté fuera o desconectando: «Por más que pienses que en agosto no corre el plazo, esto no es así».

«Conozco casos de gente que podría haber demandado y haber conseguido una gran indemnización por su despido, que por el mero hecho de haberse producido en agosto, se ha pensado que no pasaba nada y ahora se arrepiente de no haber demandado», sostiene.

Los que no estén de acuerdo con el despido tendrán 20 días hábiles para interponer la demanda a contar desde el primer día hábil siguiente al elegido por el empresario para prescindir del trabajador, comunicándoselo mediante la obligatoria entrega de una carta de despido. Por tanto, si el trabajador deja pasar el plazo por estar de vacaciones, perderá su «derecho a reclamar y el despido se convierte en definitivo», explica Lorente.

¿Cómo puedo reclamar una demanda por despido?

Lo primero será recopilar toda la documentación necesaria relacionada con nuestro trabajo como la carta de despido, el acta de conciliación, el contrato, las nóminas y, en definitiva, cualquier otra documentación que pueda ayudarnos a ganar la demanda presentada.

«Aunque no es obligatorio, sí es aconsejable que el procedimiento lo lleve un abogado especializado en materia laboral», aseguran desde Legálitas.

Una vez se presenta la demanda en el juzgado de lo social correspondiente, el juzgado nos citará para los actos de conciliación y juicio. En el proceso judicial, ambas partes presentarán sus alegaciones y pruebas pertinentes. Además, se podrán solicitar testigos y peritajes si se considera necesario.

 El plazo para impugnar el despido empieza a contar aunque una persona esté de vacaciones  

Las vacaciones son ese momento del año en el que, por fin, se pulsa el botón de apagado del ordenador, se cierra y se ponen en pausa, por un tiempo, las responsabilidades que nos acompañan el resto del año. Y, de repente, perdemos la noción de qué día es, dejamos de mirar el reloj y disfrutamos del sol en la playa, de bañarnos en la piscina con amigos, de leer un buen libro en casa o, simplemente, de no hacer nada. No obstante, como todo lo bueno, este descanso dura menos de lo que nos gustaría e incluso puede interrumpirse antes de tiempo al recibir noticias desagradables por parte de nuestra empresa.

A algunos trabajadores durante sus merecidas vacaciones en la playa les ha llegado a las manos una carta de despido, pero ¿es esto legal? «Sí, y puede costarte caro no enterarte a tiempo», tal y como asegura el abogado laboralista Juanma Lorente en un vídeo publicado en la red social TikTok.

Muchos piensan que, al estar de vacaciones, ya gestionarán esta situación cuando vuelvan a casa. Sin embargo, el letrado señala que «esto es un error», ya que el plazo para impugnar el despido empieza a contar aunque una persona esté fuera o desconectando: «Por más que pienses que en agosto no corre el plazo, esto no es así».

«Conozco casos de gente que podría haber demandado y haber conseguido una gran indemnización por su despido, que por el mero hecho de haberse producido en agosto, se ha pensado que no pasaba nada y ahora se arrepiente de no haber demandado», sostiene.

Los que no estén de acuerdo con el despido tendrán 20 días hábiles para interponer la demanda a contar desde el primer día hábil siguiente al elegido por el empresario para prescindir del trabajador, comunicándoselo mediante la obligatoria entrega de una carta de despido. Por tanto, si el trabajador deja pasar el plazo por estar de vacaciones, perderá su «derecho a reclamar y el despido se convierte en definitivo», explica Lorente.

Lo primero será recopilar toda la documentación necesaria relacionada con nuestro trabajo como la carta de despido, el acta de conciliación, el contrato, las nóminas y, en definitiva, cualquier otra documentación que pueda ayudarnos a ganar la demanda presentada.

«Aunque no es obligatorio, sí es aconsejable que el procedimiento lo lleve un abogado especializado en materia laboral», aseguran desde Legálitas.

Una vez se presenta la demanda en el juzgado de lo social correspondiente, el juzgado nos citará para los actos de conciliación y juicio. En el proceso judicial, ambas partes presentarán sus alegaciones y pruebas pertinentes. Además, se podrán solicitar testigos y peritajes si se considera necesario.

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