Juanma Lorente, abogado laboralista: “Puedes cobrar las horas extra dos veces si la empresa comete este error”

Las horas extraordinarias siguen siendo uno de los focos de conflicto más frecuentes entre empresas y trabajadores en España. En muchos sectores, prolongar la jornada se ha normalizado, pero no siempre queda reflejado con claridad en la nómina. Ese detalle, aparentemente técnico, puede tener consecuencias económicas importantes.

El abogado laboralista Juanma Lorente ha advertido en uno de sus vídeos en redes sociales de una situación que, según explica, puede beneficiar al trabajador si la empresa no actúa correctamente al reflejar el pago de esas horas adicionales.

El error que puede costarle caro a la empresa

“Puedes cobrar las horas extras dos veces si la empresa comete este error”, asegura el abogado laboralista en el vídeo. “Imaginaros que estáis hartos de hacer horas extras. Sin embargo, cuando cogéis una nómina, por absolutamente ningún lado, aparece que tú cobres realmente horas extras”, explica. En lugar de figurar como tales, añade, el salario incluye conceptos como plus de producción o incentivos “que no tienen absolutamente nada que ver con las horas extras, pero que la empresa dice que ya en ese plus las horas extras están pagadas”.

El problema, según Lorente, es doble. Por un lado, asegura que algunas compañías recurren a esta fórmula para abaratar el coste de las horas extraordinarias. Por otro, advierte de que también podría utilizarse para eludir el límite legal anual de horas extra que un trabajo puede acometer.

Qué dice la ley sobre las horas extra

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 35 que las horas extraordinarias son voluntarias (salvo pacto o convenio) y fija un máximo general de 80 horas al año, sin contar las compensadas con descanso. Además, deben pagarse con el valor que marque el convenio colectivo o, en su defecto, con un incremento sobre la hora ordinaria, o bien compensarse con tiempo de descanso equivalente.

Otro elemento clave es la obligación empresarial de llevar un registro diario de jornada, exigido tras el Real Decreto-ley 8/2019. Este control horario es fundamental para acreditar la realización efectiva de horas extraordinarias en caso de conflicto.

El punto central de la advertencia de Lorente es la forma en que se documenta el pago. “Si tú después pones una demanda al juzgado solicitando el pago de las horas extras y en tu nómina no aparece ningún tipo de plus en el cual se pueda ver que tú realmente hayas cobrado esas horas extras, a ver cómo la empresa justifica que ese plus que has estado pagando se corresponde con las horas extras. Muy complicado”, afirma.

Desde el punto de vista jurídico, la nómina cumple una función probatoria esencial. Debe desglosar con claridad los conceptos salariales y extrasalariales. Si las horas extraordinarias no aparecen identificadas como tales, con indicación de número de horas y precio unitario, la empresa puede tener dificultades para demostrar que ya fueron abonadas correctamente.

Lorente lo resume así: “Si en la nómina aparece horas extras, el tiempo que has estado de hora extra y cuánto vale cada una y por lo tanto, cuánto te sale en total, no estaríamos hablando de nada”. Es decir, el problema surge cuando el pago se camufla bajo otros conceptos.

En la práctica, los juzgados de lo social analizan caso por caso. Valoran el registro horario, los cuadrantes, los convenios aplicables y la redacción de las nóminas. Si se demuestra que las horas se realizaron y no fueron pagadas conforme a derecho, pueden condenar al empresario al abono de las cantidades debidas, con intereses.

Ante una situación así, los expertos en derecho laboral recomiendan:

  • 1. Revisar periódicamente la nómina y comprobar si las horas extra figuran de forma diferenciada.
  • 2. Conservar registros horarios, correos electrónicos o cualquier prueba de la prolongación de jornada.
  • 3. Consultar el convenio colectivo para conocer el valor de la hora extraordinaria.
  • 4. Solicitar asesoramiento profesional antes de interponer una demanda.

La transparencia en la nómina no es un mero formalismo. Puede marcar la diferencia entre un complemento salarial discutible y el derecho a reclamar judicialmente cantidades que, según la ley, deben estar perfectamente identificadas y justificadas.

 Una práctica habitual en algunas nóminas podría abrir la puerta a reclamar judicialmente el pago de horas extraordinarias aunque ya se estén cobrando ciertos pluses  

Las horas extraordinarias siguen siendo uno de los focos de conflicto más frecuentes entre empresas y trabajadores en España. En muchos sectores, prolongar la jornada se ha normalizado, pero no siempre queda reflejado con claridad en la nómina. Ese detalle, aparentemente técnico, puede tener consecuencias económicas importantes.

El abogado laboralista Juanma Lorente ha advertido en uno de sus vídeos en redes sociales de una situación que, según explica, puede beneficiar al trabajador si la empresa no actúa correctamente al reflejar el pago de esas horas adicionales.

El error que puede costarle caro a la empresa

“Puedes cobrar las horas extras dos veces si la empresa comete este error”, asegura el abogado laboralista en el vídeo. “Imaginaros que estáis hartos de hacer horas extras. Sin embargo, cuando cogéis una nómina, por absolutamente ningún lado, aparece que tú cobres realmente horas extras”, explica. En lugar de figurar como tales, añade, el salario incluye conceptos como plus de producción o incentivos “que no tienen absolutamente nada que ver con las horas extras, pero que la empresa dice que ya en ese plus las horas extras están pagadas”.

El problema, según Lorente, es doble. Por un lado, asegura que algunas compañías recurren a esta fórmula para abaratar el coste de las horas extraordinarias. Por otro, advierte de que también podría utilizarse para eludir el límite legal anual de horas extra que un trabajo puede acometer.

Qué dice la ley sobre las horas extra

El Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 35 que las horas extraordinarias son voluntarias (salvo pacto o convenio) y fija un máximo general de 80 horas al año, sin contar las compensadas con descanso. Además, deben pagarse con el valor que marque el convenio colectivo o, en su defecto, con un incremento sobre la hora ordinaria, o bien compensarse con tiempo de descanso equivalente.

Otro elemento clave es la obligación empresarial de llevar un registro diario de jornada, exigido tras el Real Decreto-ley 8/2019. Este control horario es fundamental para acreditar la realización efectiva de horas extraordinarias en caso de conflicto.

El punto central de la advertencia de Lorente es la forma en que se documenta el pago. “Si tú después pones una demanda al juzgado solicitando el pago de las horas extras y en tu nómina no aparece ningún tipo de plus en el cual se pueda ver que tú realmente hayas cobrado esas horas extras, a ver cómo la empresa justifica que ese plus que has estado pagando se corresponde con las horas extras. Muy complicado”, afirma.

Desde el punto de vista jurídico, la nómina cumple una función probatoria esencial. Debe desglosar con claridad los conceptos salariales y extrasalariales. Si las horas extraordinarias no aparecen identificadas como tales, con indicación de número de horas y precio unitario, la empresa puede tener dificultades para demostrar que ya fueron abonadas correctamente.

Lorente lo resume así: “Si en la nómina aparece horas extras, el tiempo que has estado de hora extra y cuánto vale cada una y por lo tanto, cuánto te sale en total, no estaríamos hablando de nada”. Es decir, el problema surge cuando el pago se camufla bajo otros conceptos.

En la práctica, los juzgados de lo social analizan caso por caso. Valoran el registro horario, los cuadrantes, los convenios aplicables y la redacción de las nóminas. Si se demuestra que las horas se realizaron y no fueron pagadas conforme a derecho, pueden condenar al empresario al abono de las cantidades debidas, con intereses.

Ante una situación así, los expertos en derecho laboral recomiendan:

  • 1. Revisar periódicamente la nómina y comprobar si las horas extra figuran de forma diferenciada.
  • 2. Conservar registros horarios, correos electrónicos o cualquier prueba de la prolongación de jornada.
  • 3. Consultar el convenio colectivo para conocer el valor de la hora extraordinaria.
  • 4. Solicitar asesoramiento profesional antes de interponer una demanda.

La transparencia en la nómina no es un mero formalismo. Puede marcar la diferencia entre un complemento salarial discutible y el derecho a reclamar judicialmente cantidades que, según la ley, deben estar perfectamente identificadas y justificadas.

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