Declarar la Renta cada año es una obligación que los contribuyentes deben cumplir frente a la Administración, reflejando los rendimientos obtenidos durante el ejercicio anterior. Esta práctica permite no solo cumplir con la normativa fiscal, sino también garantizar la correcta recaudación y redistribución de los recursos públicos. Anualmente, la obligación de realizar este trámite depende de unos requisitos concretos que determinan quiénes están obligados y quiénes pueden optar por no hacerlo, afectando a millones de personas en todo el país.
La campaña de la Renta de 2026 arrancará oficialmente el miércoles 8 de abril, fecha a partir de la cual los contribuyentes podrán presentar su declaración únicamente por internet, mediante Renta Web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. Se estima que más del 80% de las declaraciones se presentarán por esta vía, consolidando la tendencia a la digitalización de los trámites. La Administración ha fijado diferentes plazos según la vía de presentación para facilitar que todos los contribuyentes puedan cumplir con la obligación.
A partir del 6 de mayo se habilitará la posibilidad de presentar la declaración por teléfono mediante cita previa, la cual se podrá solicitar desde el 29 de abril hasta el 29 de junio, un día antes del cierre de la campaña. La atención presencial en oficinas comenzará a partir del 1 de junio, con cita previa disponible desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio. La campaña concluirá el martes 30 de junio, fecha límite para presentar la declaración, lo que deja un periodo total de 84 días para gestionar todos los trámites de manera segura y ordenada.
Los cambios que incluye esta campaña de la Renta
Entre las novedades de este año, la Agencia Tributaria reforzará la vigilancia sobre contribuyentes con signos evidentes de riqueza que no coincidan con sus declaraciones fiscales, una medida que busca reducir el fraude y aumentar la recaudación de manera más justa. Asimismo, se ha suprimido el umbral de 3.000 euros que limitaba la obligación informativa sobre cobros con tarjeta, lo que implica que ahora la mayoría de las transacciones entre profesionales serán revisadas, afectando a cerca del 95% de las operaciones habituales del sector.
Otra medida importante afecta a los beneficiarios de prestaciones no contributivas y subsidios del SEPE, quienes quedan exentos de presentar la declaración de la Renta según el Real Decreto-ley 16 de 2025, que entró en vigor de manera provisional en 2025. Del mismo modo, los perceptores de prestaciones por desempleo tampoco tendrán obligación de presentar declaración durante este año, lo que beneficia a más de dos millones de personas y simplifica la gestión administrativa de este colectivo.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?
En cuanto a los requisitos generales, deberán presentar declaración quienes perciban más de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador. También estarán obligados aquellos que reciban más de 15.876 euros brutos anuales de dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo y restantes pagadores supere los 2.500 euros anuales. Se estima que estas condiciones afectan a una gran parte de los contribuyentes. Por su parte, desde Moncloa afirman que ya se han devuelto el 97,5% de las devoluciones solicitadas y se ha abonado el 95,5% de los importes correspondientes del año pasado, por lo que deberán abonar el resto con intereses.
Con todos estos cambios y plazos, la Agencia Tributaria busca que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de manera ordenada y segura. La digitalización de los trámites, combinada con la atención telefónica y presencial con cita previa, permitirá que los trabajadores gestionen su Renta sin problemas. Al mismo tiempo, la simplificación de obligaciones para ciertos colectivos y la revisión de la mayoría de las transacciones profesionales contribuyen a un sistema más eficiente y transparente, aunque datos como el antes mencionado sobre la tramitación de las devoluciones generan ciertas dudas.
En 2026, las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2025 podrán presentarse a partir del 8 de abril en un plazo máximo que concluye el 30 de junio
Declarar la Renta cada año es una obligación que los contribuyentes deben cumplir frente a la Administración, reflejando los rendimientos obtenidos durante el ejercicio anterior. Esta práctica permite no solo cumplir con la normativa fiscal, sino también garantizar la correcta recaudación y redistribución de los recursos públicos. Anualmente, la obligación de realizar este trámite depende de unos requisitos concretos que determinan quiénes están obligados y quiénes pueden optar por no hacerlo, afectando a millones de personas en todo el país.
La campaña de la Renta de 2026 arrancará oficialmente el miércoles 8 de abril, fecha a partir de la cual los contribuyentes podrán presentar su declaración únicamente por internet, mediante Renta Web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. Se estima que más del 80% de las declaraciones se presentarán por esta vía, consolidando la tendencia a la digitalización de los trámites. La Administración ha fijado diferentes plazos según la vía de presentación para facilitar que todos los contribuyentes puedan cumplir con la obligación.
A partir del 6 de mayo se habilitará la posibilidad de presentar la declaración por teléfono mediante cita previa, la cual se podrá solicitar desde el 29 de abril hasta el 29 de junio, un día antes del cierre de la campaña. La atención presencial en oficinas comenzará a partir del 1 de junio, con cita previa disponible desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio. La campaña concluirá el martes 30 de junio, fecha límite para presentar la declaración, lo que deja un periodo total de 84 días para gestionar todos los trámites de manera segura y ordenada.
Los cambios que incluye esta campaña de la Renta
Entre las novedades de este año, la Agencia Tributaria reforzará la vigilancia sobre contribuyentes con signos evidentes de riqueza que no coincidan con sus declaraciones fiscales, una medida que busca reducir el fraude y aumentar la recaudación de manera más justa. Asimismo, se ha suprimido el umbral de 3.000 euros que limitaba la obligación informativa sobre cobros con tarjeta, lo que implica que ahora la mayoría de las transacciones entre profesionales serán revisadas, afectando a cerca del 95% de las operaciones habituales del sector.
Otra medida importante afecta a los beneficiarios de prestaciones no contributivas y subsidios del SEPE, quienes quedan exentos de presentar la declaración de la Renta según el Real Decreto-ley 16 de 2025, que entró en vigor de manera provisional en 2025. Del mismo modo, los perceptores de prestaciones por desempleo tampoco tendrán obligación de presentar declaración durante este año, lo que beneficia a más de dos millones de personas y simplifica la gestión administrativa de este colectivo.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?
En cuanto a los requisitos generales, deberán presentar declaración quienes perciban más de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador. También estarán obligados aquellos que reciban más de 15.876 euros brutos anuales de dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo y restantes pagadores supere los 2.500 euros anuales. Se estima que estas condiciones afectan a una gran parte de los contribuyentes. Por su parte, desde Moncloa afirman que ya se han devuelto el 97,5% de las devoluciones solicitadas y se ha abonado el 95,5% de los importes correspondientes del año pasado, por lo que deberán abonar el resto con intereses.
Con todos estos cambios y plazos, la Agencia Tributaria busca que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de manera ordenada y segura. La digitalización de los trámites, combinada con la atención telefónica y presencial con cita previa, permitirá que los trabajadores gestionen su Renta sin problemas. Al mismo tiempo, la simplificación de obligaciones para ciertos colectivos y la revisión de la mayoría de las transacciones profesionales contribuyen a un sistema más eficiente y transparente, aunque datos como el antes mencionado sobre la tramitación de las devoluciones generan ciertas dudas.
Noticias de Economía Nacional e Internacional en La Razón
