El Tribunal Constitucional italiano ha reconocido un derecho importante para las parejas de lesbianas con hijos que el colectivo LGTBI llevaba tiempo reclamando. Afecta a los casos en los que una de las dos de la pareja recurre a la fecundación asistida en el extranjero ―porque en Italia esta técnica está permitida solo para parejas heterosexuales― y registran a su hijo en Italia. Hasta el momento, a estos niños en el país transalpino se les reconoce solo una madre, la biológica. Este jueves el alto tribunal ha declarado que es ilegítimo desde el punto de vista constitucional el hecho de que la ley no prevea el reconocimiento automático como progenitora de la madre no biológica en una pareja de mujeres.
El país transalpino solo permite la reproducción asistida a parejas heterosexuales
El país transalpino solo permite la reproducción asistida a parejas heterosexuales


El Tribunal Constitucional italiano ha reconocido un derecho importante para las parejas de lesbianas con hijos que el colectivo LGTB llevaba tiempo reclamando. Afecta a los casos en los que una de las dos de la pareja recurre a la fecundación asistida en el extranjero ―porque en Italia esta técnica está permitida solo para parejas heterosexuales― y registran a su hijo en Italia. Hasta el momento, a estos niños en el país transalpino se les reconoce solo una madre, la biológica. Este jueves el alto tribunal ha declarado que es ilegítimo desde el punto de vista constitucional el hecho de que la ley no prevea el reconocimiento automático como progenitora de la madre no biológica en una pareja de mujeres.
Los grupos en defensa de los derechos LGTB han calificado el fallo del tribunal como una victoria histórica que cambiará la vida de miles de familias. Según el Constitucional, el hecho de no reconocer a la madre no biológica en el registro civil y de no permitirle dar su apellido al hijo vulnera en primer lugar los derechos del recién nacido. En concreto, según los magistrados, no respeta el derecho a la identidad personal, es decir a tener un estatuto jurídico, el de hijo o hija, cierto y estable, reconocido desde el principio y, sobre todo, a disfrutar de los derechos vinculados a la responsabilidad parental de una de las dos personas que la han traído al mundo. Vulnera, en suma, los derechos del niño al cuidado, la educación y la atención afectiva de ambos progenitores.
La decisión anula parte de una ley de 2004 que no permitía que las dos mujeres de una pareja del mismo sexo fueran inscritas como madres legales en el registro, incluso si ambas daban su consentimiento.
En Italia el acceso a los tratamientos de fecundación asistida está reservado solo a parejas “mayores de edad heterosexuales, matrimonios o convivientes” con problemas de esterilidad o infertilidad, por lo que las de un mismo sexo solo pueden acceder a estas técnicas de reproducción fuera del país. Muchas acuden a España, por proximidad para realizarse el tratamiento y regresan a Italia para seguir el embarazo y para el nacimiento del niño.
Es un tema muy discutido en Italia. En concreto esta sentencia llega como respuesta a una cuestión planteada por el Tribunal de Lucca, en la Toscana, a raíz del caso de dos madres, las dos abogadas, que no pudieron inscribir a su segundo hijo en el registro civil como hijo de ambas, a causa de la decisión del Gobierno de la ultraderechista Giorgia Meloni de bloquear este tipo de inscripciones a través de una circular del Ministerio del Interior.
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Sobre la firma

Licenciada en Periodismo por la Universidad de Valladolid. Colabora con EL PAÍS desde Italia. Aprendió en Castilla y León Televisión, RTVE y la Agencia EFE. Máster en Periodismo en Televisión Instituto RTVE / URJC y Máster en Periodismo Internacional UNED / EFE Escuela.
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