¿Cómo puedo saber si me han embargado la cuenta?

Un embargo consiste en el cobro de las deudas mediante la ejecución de los bienes que sean titularidad del deudor cuando no haya realizado el pago en el plazo requerido, tal y como explican desde la Agencia Tributaria. Es decir, que se podrá retener al deudor desde dinero en efectivo o salario hasta inmuebles o joyas con el objetivo de obtener, a través de estos bienes, el importe de las deudas más los recargos, intereses y costas.

Existen diferentes tipos de embargo y uno de ellos afecta a las cuentas bancarias. La AEAT explica que estos son un mandato dirigido a las entidades de crédito para que, en las cuentas que sean titularidad del deudor, se retenga el importe señalado en la fecha en que se recibe esta comunicación.

No obstante, la Administración Pública, las entidades financieras o incluso el juez –vía demanda judicial– no pueden quitar al deudor todo su dinero, sino que existen una serie de límites para protegerle:

  • Salarios, sueldos y pensiones: el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que es «inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional (SMI)». Teniendo en cuenta que el SMI se fijó en 2024 en 1.134 euros en 14 pagas anuales, cada mes, el trabajador deberá quedarse con la cuantía establecida como salario mínimo, y, en caso de que no alcance esta cuantía, este cobrará su salario íntegro.
  • Límite saldo: la normativa impide que la cuenta del deudor quede en números rojos a causa de un embargo.

¿Cómo puedo saber si me han embargado la cuenta?

El primer paso será revisar los movimientos de la cuenta y comprobar si existe una retención o cargo inesperado, en el caso de que así sea, podría tratase de un embargo. Estas retenciones suelen venir acompañadas con una descripción en la que se indica que es debido a un embargo: «Retención por orden judicial» o «Embargo administrativo».

También se deberá consultar si se ha recibido una notificación de Hacienda, la Seguridad Social u otras entidades, ya que estas «suelen avisar antes de ejecutar un embargo», tal y como explican desde TaxDown. Lo último será preguntar al banco al respecto, ya que este está obligado a informar al deudor sobre cualquier embargo en su cuenta.

Si se sospecha que Hacienda puede estar detrás del embargo, esto se podrá comprobar en su sede electrónica. Se tendrá que acceder a la web oficial de la Agencia Tributaria y buscar la pestaña de «Embargos», y en esta, pulsar en «Consultar deudas». Después de que el deudor se identifique podrá comprobar toda la información relacionada con deudas pendientes y si están en fase de embargo.

 La Administración Pública o las entidades financieras podrán retener al deudor desde dinero en efectivo o salario hasta inmuebles o joyas para obtener el importe de las deudas más los recargos, intereses y costas  

Un embargo consiste en el cobro de las deudas mediante la ejecución de los bienes que sean titularidad del deudor cuando no haya realizado el pago en el plazo requerido, tal y como explican desde la Agencia Tributaria. Es decir, que se podrá retener al deudor desde dinero en efectivo o salario hasta inmuebles o joyas con el objetivo de obtener, a través de estos bienes, el importe de las deudas más los recargos, intereses y costas.

Existen diferentes tipos de embargo y uno de ellos afecta a las cuentas bancarias. La AEAT explica que estos son un mandato dirigido a las entidades de crédito para que, en las cuentas que sean titularidad del deudor, se retenga el importe señalado en la fecha en que se recibe esta comunicación.

No obstante, la Administración Pública, las entidades financieras o incluso el juez –vía demanda judicial– no pueden quitar al deudor todo su dinero, sino que existen una serie de límites para protegerle:

  • Salarios, sueldos y pensiones: el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que es «inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional (SMI)». Teniendo en cuenta que el SMI se fijó en 2024 en 1.134 euros en 14 pagas anuales, cada mes, el trabajador deberá quedarse con la cuantía establecida como salario mínimo, y, en caso de que no alcance esta cuantía, este cobrará su salario íntegro.
  • Límite saldo: la normativa impide que la cuenta del deudor quede en números rojos a causa de un embargo.

¿Cómo puedo saber si me han embargado la cuenta?

El primer paso será revisar los movimientos de la cuenta y comprobar si existe una retención o cargo inesperado, en el caso de que así sea, podría tratase de un embargo. Estas retenciones suelen venir acompañadas con una descripción en la que se indica que es debido a un embargo: «Retención por orden judicial» o «Embargo administrativo».

También se deberá consultar si se ha recibido una notificación de Hacienda, la Seguridad Social u otras entidades, ya que estas «suelen avisar antes de ejecutar un embargo», tal y como explican desde TaxDown. Lo último será preguntar al banco al respecto, ya que este está obligado a informar al deudor sobre cualquier embargo en su cuenta.

Si se sospecha que Hacienda puede estar detrás del embargo, esto se podrá comprobar en su sede electrónica. Se tendrá que acceder a la web oficial de la Agencia Tributaria y buscar la pestaña de «Embargos», y en esta, pulsar en «Consultar deudas». Después de que el deudor se identifique podrá comprobar toda la información relacionada con deudas pendientes y si están en fase de embargo.

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